MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 1368/2016
Desígnase Director Nacional de Coordinación Política.
Buenos Aires, 23/11/2016
VISTO el Expediente Nº S05:0017977/2016 del Registro del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional
para los Ejercicios 2015 y 2016 aprobado por las Leyes Nros. 27.008 y
27.198 respectivamente, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios y 227 de fecha 20 de enero de
2016, la Decisión Administrativa Nº 659 de fecha 8 de agosto de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración
Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016 aprobado por las Leyes Nros.
27.008 y 27.198 respectivamente, se dispuso el congelamiento de los
cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de las
referidas normas, en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad
a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Que el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 dispuso, entre otros
aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en
cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos
de la dotación de su planta permanente y transitoria, será efectuada
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 659 de fecha 8
de agosto de 2012, se aprobó la estructura organizativa del primer
nivel operativo de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de
la ex - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICO - INSTITUCIONAL Y
EMERGENCIA AGROPECUARIA, ambas pertenecientes al ex - MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por la mencionada Decisión Administrativa Nº 659/12 se creó la
Dirección Nacional de Coordinación Política dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA de la ex - SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN POLITÍCO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA,
dependiente del citado ex - Ministerio.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN POLÍTICA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO
TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se considera
imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Función
Ejecutiva Nivel I del SINEP, correspondiente al titular de la Dirección
Nacional de Coordinación Política.
Que el agente propuesto debe ser exceptuado de los requisitos
establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de las
Leyes Nros. 27.008 y 27.198 y 1º del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente a partir del 30 de diciembre
de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir del dictado del presente acto, en UN (1) cargo vacante Nivel
A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SINEP, de Director Nacional
de Coordinación Política dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN POLÍTICA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO
TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al señor Santiago Alberto
PERUILH (M.l. Nº 31.640.927), autorizándose el correspondiente pago del
Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el Articulo 14 del citado Convenio
Colectivo y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7°
de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198.
ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado en el Artículo 1º de la presente
medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado del
presente acto.
ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.