COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 20/2016
Declaraciones Juradas. Período Fiscal 2016.
Buenos Aires, 16/11/2016
VISTO:
La Resolución General CA N° 5/2015 que estableció las fechas de
vencimiento para el período fiscal 2016, para la presentación de la
declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio
Multilateral; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución General CA N° 16/2016 se estableció para
todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, el uso obligatorio
del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y
CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB” —aprobado por Resolución
General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral—.
Que se han verificado inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB el día 14 de noviembre del corriente.
Que algunos contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
Resuelve:
ARTÍCULO 1° — Considerar presentadas y pagadas en término todas las
declaraciones juradas del anticipo de octubre del período fiscal 2016
del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, que se
registren al día 17 de noviembre de 2016, último día de vencimiento
establecido para todos los tramos de contribuyentes por la Resolución
General N° 5/2015.
ARTÍCULO 2° — Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones
adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en
el artículo anterior.
ARTÍCULO 3° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la
Nación, y archívese. — Roberto J. Arias. — Enrique O. Pacheco.