MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 422 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2016

VISTO el Expediente N° S01:0416256/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley Nº 27.249 y la Resolución Nº 146 de fecha 21 de abril de 2016 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN sancionó la Ley N° 27.249, cuyo objetivo es que se implementen las acciones necesarias tendientes a cancelar la deuda en cesación de pagos, ratificando en ese contexto, entre otras cuestiones, una serie de acuerdos de cancelación celebrados entre la REPÚBLICA ARGENTINA y ciertos tenedores de títulos públicos elegibles para los canjes dispuestos por los Decretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y 563 de fecha 26 de abril de 2010 y sus normas complementarias y que no se hubieran presentado a los mismos.

Que asimismo por el Artículo 15 de la citada ley se autoriza al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, como Autoridad de Aplicación, a realizar todos los actos necesarios para instrumentar el cumplimiento de dicha ley.

Que por el Artículo 10 de la Ley N° 27.249 se autoriza a la Autoridad de Aplicación, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley, entre otras cuestiones y sin limitación, a la suscripción de acuerdos con agentes fiduciarios, agentes de pago, agentes de información, agentes de custodia, agentes de registración y agencias calificadoras de riesgo que sean necesarios tanto para las operaciones de cancelación de deuda como de emisión y colocación de los nuevos títulos públicos, previéndose el pago de los correspondientes honorarios y gastos.

Que en ese marco se dictó la Resolución Nº 146 de fecha 21 de abril de 2016 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, por cuyo Artículo 5° se designó para la emisión aprobada por el Artículo 1° de la misma a THE BANK OF NEW YORK MELLON como Agente de Liquidación, Fiduciario y Agente de Pago y Agente de Listado en el GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO.

Que por el Artículo 2° se aprobó, entre otros, el modelo del “Acuerdo de Fideicomiso de Liquidación (Settlement Trust Agreement)”, obrante como Anexo VI de la norma, que fue suscripto el 21 de abril de 2016 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y THE BANK OF NEW YORK MELLON.

Que en dicho Acuerdo de Fideicomiso de Liquidación se señala que la REPÚBLICA ARGENTINA celebró, en el marco de la mencionada ley, acuerdos preliminares con aquellos beneficiarios de los títulos públicos elegibles allí identificados; y se establece que el Agente de Liquidación acuerda recibir ciertos ingresos en la fecha de cierre de la emisión de los nuevos bonos, para mantener esos fondos en fideicomiso para beneficio de los acreedores identificados en el Anexo 1 del Acuerdo y para su distribución de acuerdo con los términos allí pactados.

Que por el Artículo 6º de la Resolución Nº 146/16 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS se aprobó, entre otros, el esquema de honorarios y gastos del THE BANK OF NEW YORK MELLON, propuesto el 14 de abril de 2016, en compensación por sus tareas como Agente de Fideicomiso de Liquidación, cuyo ejemplar en idioma inglés y su traducción al español obra como Anexo VII.

Que el citado esquema de honorarios contemplaba las tareas relacionadas con los bonistas minoristas italianos únicamente, habiéndose omitido incluir la aprobación de la otra propuesta enviada con fecha 1 de abril de 2016 que cubría las tareas correspondientes al resto de los bonistas, en el marco del acuerdo de Agente de Fideicomiso de Liquidación.

Que con fecha 22 de abril de 2016, posterior al dictado de la mencionada Resolución Nº 146/16 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, las autoridades de la SECRETARÍA DE FINANZAS de esta Cartera de Estado, con base en las negociaciones que llevaron a cabo, recibieron nuevamente DOS (2) esquemas de honorarios y gastos: uno nuevo para los bonistas minoristas italianos por el que se ajustó a favor de la REPÚBLICA ARGENTINA el costo de mantenimiento de cuenta por saldos en Euros pendientes de aplicación a la cancelación del acuerdo suscripto, y otro por los honorarios y gastos por los servicios de Agente de Fideicomiso de Liquidación de la operación con el resto de los tenedores de títulos públicos elegibles bajo ley extranjera que suscribieron los acuerdos de cancelación pertinentes hasta el 22 de abril de 2016, que reiteraba con exactitud los términos de la propuesta formulada por la entidad bancaria en fecha 1° de abril de 2016.

Que de conformidad con todo lo expresado corresponde sustituir el Anexo VII aprobado por el Artículo 6º de la Resolución Nº 146/16 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a los fines de concretar las medidas pertinentes para ejecutar las misiones encomendadas a esta Cartera de Estado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 27.249.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo VII aprobado por el Artículo 6° de la Resolución Nº 146 de fecha 21 de abril de 2016 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, por los ejemplares cuya versión en idioma inglés y su traducción al español obran como Anexo (IF-2016-01394917-APN-SSF#MH) a la presente medida.

ARTÍCULO 2° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSO PRAT GAY, Ministro, Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 24/11/2016 N° 89091/16 v. 24/11/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)