MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 756 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2016

VISTO el Expediente N° 1.726.663/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 14/15 y 19/21 del Expediente de referencia, obran los Acuerdos celebrados entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISIÓN SOCIAL (APOPS), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA EX CAJA DE SUBSIDIOS FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA (SECASFPI) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), por la parte sindical y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de los presentes se pacta una recomposición salarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E”.

Que los agentes negociales han acreditado su personería con las constancias que obran en autos y ante esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra constituida la Comisión Negociadora.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez homologados los Acuerdos de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISIÓN SOCIAL (APOPS), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA EX CAJA DE SUBSIDIOS FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA (SECASFPI), la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN) y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que luce a fojas 14/15 del Expediente N° 1.726.663/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISIÓN SOCIAL (APOPS), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA EX CAJA DE SUBSIDIOS FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA (SECASFPI), la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN) y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que luce a fojas 19/21 del Expediente N° 1.726.663/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 14/15 y 19/21 del Expediente N° 1.726.663/16.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E”.

ARTÍCULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.726.663/16

Buenos Aires, 18 de octubre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 756/16 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 14/15 y 19/21 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 1318/16 y 1319/16 respectivamente. — LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE N° 1726663/16

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 19:00 hs del 30 de junio de 2016, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante la Sra. Subsecretaria de Relaciones Laborales Dra. Silvia Squire, por parte y en representación de ANSES, Alejo MAXIT Secretario General, Federico BRAUN Subdirector Ejecutivo de Administración, Gonzalo ESTIVARIZ BARILATI Secretario Legal y Técnica, Francisco BOSCH Director de Relaciones Gremiales y Nadina DE CARLOS Directora General de Recursos Humanos; por parte de APOPS el Sr. Leonardo FABRE, Salvador FERNANDEZ, Eduardo GIAMBAGNO, Miriam CACERES QUIJANO, Eliana FABRE, Fabián MONTAÑO, Carmen ROJAS, Maria Ines SIMÓN, Mariano LOPEZ, David RAMIREZ, Darío CANSECO, Alfredo ESPINDOLA, Jorge SROKA; por parte de ATE el Sr. Daniel CATALANO, Luciano FERNANDEZ, Diego GARCÍA, Federico GARRIDO, Rubén GARRIDO, Celeste RODRIGUEZ, Alejandro GOMEZ, Guillermo GARCÍA, Alejandro DELSSIN, Eugenia PALACIO, Nicolás BARRIONUEVO, Eduardo PRINGLES, Nora ITURRASPE; por parte de SECASFPI el Sr. Carlos ORTEGA, Liliana GONZALEZ, Domingo PALERMITTI, Esteban OLIVER, Carolina LUALDI; por parte de UPCN Ariel NEGRETE, Nestor CORDASCO, Maria Laura SCIGLIANO, Ricardo GONZÁLEZ, Karina SABBATINI, Guillermo ROMANIELLO, Patricia FLORENTINO, César FONSO CARRILLO, Nidia MARINI, Camilo LAGOS Julieta PUMO RAMOS, Cesar SAENZ, Evelyn MALDONADO ACOSTA, Silvina COLOMBO, Osmar HERRERA, Gabriel MENDEZ, Marcelo MIGLIAZZO, Mirta SPENA, Luciana SANCHEZ MORENO, Jésica CORDASCO, Eduardo RIOS, Miguel Angel RODRIGUEZ, Maria MEILIJ, Mario MIGLIORE, Ángel MARTINEZ, Oscar RODRIGUEZ, todos ellos miembros paritarios.

Iniciada la reunión, las partes intervinientes acuerdan:

1 - Adherir a la pauta salarial establecida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para todo el PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, el cual se aplicara a partir del 1 de junio de 2016 en tres tramos:

a) un incremento del 7% desde el 1 de junio, aplicable sobre las retribuciones mensuales normales, habituales, regulares y permanentes vigentes al 31 de mayo de 2016.

b) un 10% desde el 1° julio, aplicable sobre las retribuciones mensuales normales, habituales, regulares y permanentes vigentes al 31 de mayo de 2016.

c) y un 14% en agosto, aplicable sobre las retribuciones mensuales normales, habituales, regulares y permanentes vigentes al 31 de mayo de 2016.

2 - En el marco de la pauta salarial establecida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para todo el PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, el incremento para el Reintegro de Gastos de Guardería asciende al 36%. En el mes de Agosto se incrementaran las unidades remunerativas de dicha compensación pasando de sesenta (60) unidades remunerativas (UR) a sesenta y cinco (65) unidades remunerativas (UR) para alcanzar la diferencia.

3 - Crear la Compensación por el Día del Trabajador Previsional Argentino medido en unidades remunerativas a abonarse en Noviembre de 2016.
La Comisión Paritaria Permanente del Art. 32 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E” determinará las características del mismo.

Siendo las 20:30 hs. se da por concluida la reunión paritaria, se firman CINCO ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

EXPEDIENTE N° 1726663/16

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 19:00 hs del 30 de junio de 2016, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante la Sra. Subsecretaria de Relaciones Laborales Dra. Silvia Squire, por parte y en representación de ANSES, Alejo MAXIT Secretario General, Federico BRAUN Subdirector Ejecutivo de Administración, Gonzalo ESTIVARIZ BARILATI Secretario Legal y Técnica, Francisco BOSCH Director de Relaciones Gremiales y Nadina DE CARLOS Directora General de Recursos Humanos; por parte de APOPS el Sr. Leonardo FABRE, Salvador FERNANDEZ, Eduardo GIAMBAGNO, Miriam CACERES QUIJANO, Eliana FABRE, Fabián MONTAÑO, Carmen ROJAS, Maria Ines SIMÓN, Mariano LOPEZ, David RAMIREZ, Darío CANSECO, Alfredo ESPINDOLA, Jorge SROKA; por parte de ATE el Sr. Daniel CATALANO, Luciano FERNANDEZ, Diego GARCÍA, Federico GARRIDO, Rubén GARRIDO, Celeste RODRIGUEZ, Alejandro GOMEZ, Guillermo GARCÍA, Alejandro DELSSIN, Eugenia PALACIO, Nicolás BARRIONUEVO, Eduardo PRINGLES, Nora ITURRASPE; por parte de SECASFPI el Sr. Carlos ORTEGA, Liliana GONZALEZ, Domingo PALERMITTI, Esteban OLIVER, Carolina LUALDI; por parte de UPCN Ariel NEGRETE, Nestor CORDASCO, Maria Laura SCIGLIANO, Ricardo GONZÁLEZ, Karina SABBATINI, Guillermo ROMANIELLO, Patricia FLORENTINO, César FONSO CARRILLO, Nidia MARINI, Camilo LAGOS, Julieta PUMO RAMOS, Cesar SAENZ, Evelyn MALDONADO ACOSTA, Silvina COLOMBO, Osmar HERRERA, Gabriel MENDEZ, Marcelo MIGLIAZZO, Mirta SPENA, Luciana SANCHEZ MORENO, Jésica CORDASCO, Eduardo RIOS, Miguel Angel RODRIGUEZ, Maria MEILIJ, Mario MIGLIORE, Ángel MARTINEZ, Oscar RODRIGUEZ, todos ellos miembros paritarios.

Iniciada la reunión, las partes intervinientes acuerdan:

1- Incrementar en un 30% la CANTIDAD DE UNIDADES REMUNERATIVAS de los Viáticos establecidos en el art. 34 del CCT vigente, en cuanto a lo determinado en el ART. 4° del Anexo A de la normativa citada. Quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4°: El importe definitivo que corresponde liquidar a los agente en concepto de viatico diario será de VEINTISEIS (26) Unidades Remunerativas, que se abonara bajo las condiciones y modalidades señaladas en el artículo 35° VIÁTICOS POR DESEMPEÑO DE FUNCIONES ESPECIALES del CCT.”

2- Establecer que a partir del mes de septiembre se realizara la Re - Apertura de la COMISION DE IGUALDAD DE OPORTUNIDAD Y TRATO a fin de impulsar y promover planes de acción en la materia que se orienten los empleados de ANSES.

3- Re - Apertura de la COMISION PERMANENTE DE CARRERA a partir del mes de agosto, a fin de tratar y analizar la promoción de categorías de los trabajadores en sus puestos, concursos y movilidad de acuerdo a las Normas Generales para el Régimen de Carrera del personal de ANSES generando un proceso sistemático en dicho desarrollo y la consecución de los objetivos y metas de esta Administración Nacional.

4- Fomentar e Implementar PLANES DE CAPACITACIÓN, con participación de las Asociaciones Sindicales, a fin de contribuir al perfeccionamiento de los conocimientos adquiridos durante la trayectoria del personal, siendo este un eje estratégico para el desarrollo de un Plan de Carrera Administrativa.

5- Establecer un espacio de trabajo y participación con las Asociaciones Sindicales dentro del marco de la CYMAT a fin de contribuir a la puesta en marcha del Plan de Infraestructura en conjunto con la Dirección de Contrataciones y garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene del trabajo.

6- Establecer un cronograma de reuniones mensuales de la Comisión Paritaria Permanente del Art. 32 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E” con las autoridades de las 4 entidades sindicales a partir del mes de Agosto a fin de tratar temas de orden laboral, que estén exceptuados en las otras mesas ut supra nombradas, con propuestas que ya han sido presentadas y otros que surjan de las mismas, tanto de los gremios como de la patronal. A saber:

1. Seguimiento del acuerdo del punto 1 del Acta Salarial en función de la evolución general de precios de la economía.

2. Determinación del monto correspondiente a la compensación por el Día del Trabajador Previsional Argentino.

3. Premio a la trayectoria.

4. Ley 23551.

5. Reintegro de gastos de guardería.

Siendo las 20:30 hs. se da por concluida la reunión paritaria, se firman CINCO ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.