MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 760 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2016
VISTO el Expediente N° 1.730.247/16 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/5 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO,
por el sector gremial, y la ASOCIACION DE PRESTADORES DE GERIATRIA DE
LA PROVINCIA DE SANTA FE, por el sector empleador, conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 468/06.
Que mediante dicho acuerdo, las partes establecen un incremento de las
escalas salariales del personal y el pago de una asignación no
remunerativa de pago único y de carácter excepcional, conforme a las
condiciones y términos allí establecidos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo
245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por el
sector gremial, y la ASOCIACION DE PRESTADORES DE GERIATRIA DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE, por el sector empleador, que luce a fojas 2/5
del Expediente N° 1.730.247/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/5 del
Expediente N° 1.730.247/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 468/06.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social.
Expediente N° 1.730.247/16
Buenos Aires, 18 de octubre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 760/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1314/16. — LUCIANA
FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACUERDO PARITARIO
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 11 días del mes
de Julio de 2016, se reúnen por la Asociación de Trabajadores de la
Sanidad Argentina de Rosario Primera y Segunda Circunscripción de la
Provincia de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, Américo Juan Martino,
D.N.I. N° 6.038.196 en el carácter de Secretario General, Carlos
Marcelo Liparelli, en el carácter de Secretario Adjunto, D.N.I. N°
20.674.037, Miriam Nélida Salvador, D.N.I. N° 12.111.136, en el
carácter de Secretaria de la Mujer y Acción Social, con el patrocinio
letrado de la Dra. Ana María Stano, abogada de la citada entidad
gremial, y por la otra parte, la Asociación de Prestadores de Geriatría
de la Provincia de Santa Fe, representada en este acto por Luís
Fernando López, en el carácter de Presidente, D.N.I. N° 17.229.131, y
Claudia Oldani, en el carácter de Tesorera, D.N.I. N° 14.180.645, en
representación del sector empleador, y manifiestan que luego de
prolongadas deliberaciones atinentes al C.C.T. N° 468/06, han llegado a
un acuerdo salarial y de condiciones laborales del sector y que ha
quedado conformado como sigue:
ARTÍCULO 1:
Los comparecientes dada su representación y representatividad se
reconocen recíprocamente legitimados para la negociación de la nueva
escala salarial y demás condiciones de trabajo atinentes al C.C.T.
468/06.
ARTÍCULO 2: ÁMBITO PERSONAL
El presente acuerdo comprende al personal de la actividad, técnico,
administrativo, maestranza y obrero en relación de dependencia de
Establecimientos Geriátricos, que se encuentra incluido en el Convenio
Colectivo N° 468/06.
ARTÍCULO 3: ÁMBITO TERRITORIAL
El ámbito territorial del presente comprende, de la zona Sur de la
Provincia de Santa Fe (2da. Circunscripción), íntegramente los
departamentos de Belgrano, Iriondo, Caseros, San Lorenzo, General
López, Constitución y Rosario.
ARTÍCULO 4: AUMENTO DE LAS REMUNERACIONES. SALARIOS BÁSICOS
Las partes han acordado un aumento para los salarios básicos para cada
una de las categorías que se detallan, que se hará efectivo en dos
tramos: Julio de 2016, Noviembre de 2016. Las escalas salariales
resultantes de tales aumentos obran en el artículo que sigue.
ARTÍCULO 5: SALARIOS BÁSICOS
Las partes han acordado que los salarios básicos para cada una de las categorías que se detallan, son estos: