MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 769 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2016

VISTO el Expediente N° 1.675.729/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.675.729/15, obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA y la empresa GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1296/12 “E” una suma fija no remunerativa por única vez, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que la empresa GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA es la continuadora en la titularidad del plexo, atento a ser una escisión de la firma comercial PLUSPETROL S.A., conforme surge de autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA y la empresa GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.675.729/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.675.729/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1296/12 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.675.729/15

Buenos Aires, 01 de noviembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 769/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1385/16. — Lic. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO I/2015

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de mayo de 2015, se celebra el presente Acta Acuerdo entre GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN S.A., CUIT N° 30-71234309-1 con domicilio legal en Lima 339 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “GETSA” representada por Fabiana Gadow Gerente de RRHH - DNI 92004853, y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, con domicilio legal en Moreno 1140, Piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “APJAE”, representada por los Sres. Norberto Manzano y Juan Baraldo, Secretario General y Secretario de Relaciones Laborales respectivamente, en conjunto “LAS PARTES”, acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Para el personal comprendido en el CCT N° 1296/12 “E” vigente, se acuerda abonar una suma fija no remunerativa por única vez de $ 5.000,- (Pesos Cinco Mil).

SEGUNDO: Las sumas fijas no remunerativas dispuestas en la presente Acta Acuerdo no integrarán el sueldo básico y no serán tenidas en cuenta para la base de cálculo de las voces de pago de los Convenios Colectivos vigentes. Además, no formarán parte del sueldo base para el cálculo de las horas extras, sueldo anual complementario, como tampoco para el cálculo de las indemnizaciones por antigüedad, preaviso, indemnización por jubilación ordinaria y accidente de trabajo.

TERCERO: Cualquiera de Las Partes podrá presentar esta Acta Acuerdo para su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de igual tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del presente instrumento.