MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 769 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2016
VISTO el Expediente N° 1.675.729/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.675.729/15, obra el Acuerdo celebrado
por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA y la
empresa GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron para el personal
comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1296/12
“E” una suma fija no remunerativa por única vez, conforme surge de los
términos y contenido del texto.
Que la empresa GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA es la
continuadora en la titularidad del plexo, atento a ser una escisión de
la firma comercial PLUSPETROL S.A., conforme surge de autos.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA y la empresa
GENERADORA ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 del
Expediente N° 1.675.729/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del
Expediente N° 1.675.729/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1296/12 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social.
Expediente N° 1.675.729/15
Buenos Aires, 01 de noviembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 769/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1385/16. — Lic. JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO I/2015
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de mayo de
2015, se celebra el presente Acta Acuerdo entre GENERADORA ELECTRICA DE
TUCUMAN S.A., CUIT N° 30-71234309-1 con domicilio legal en Lima 339 de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “GETSA” representada
por Fabiana Gadow Gerente de RRHH - DNI 92004853, y la ASOCIACIÓN DEL
PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, con domicilio
legal en Moreno 1140, Piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
adelante “APJAE”, representada por los Sres. Norberto Manzano y Juan
Baraldo, Secretario General y Secretario de Relaciones Laborales
respectivamente, en conjunto “LAS PARTES”, acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: Para el personal comprendido en el CCT N° 1296/12 “E” vigente,
se acuerda abonar una suma fija no remunerativa por única vez de $
5.000,- (Pesos Cinco Mil).
SEGUNDO: Las sumas fijas no remunerativas dispuestas en la presente
Acta Acuerdo no integrarán el sueldo básico y no serán tenidas en
cuenta para la base de cálculo de las voces de pago de los Convenios
Colectivos vigentes. Además, no formarán parte del sueldo base para el
cálculo de las horas extras, sueldo anual complementario, como tampoco
para el cálculo de las indemnizaciones por antigüedad, preaviso,
indemnización por jubilación ordinaria y accidente de trabajo.
TERCERO: Cualquiera de Las Partes podrá presentar esta Acta Acuerdo
para su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación.
En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de igual tenor y
a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del
presente instrumento.