MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición 82 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2016
VISTO el Expediente Nº 1.681.412/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5 luce un acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y
AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte
sindical, y la empresa BAC SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresaria, en
el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 27/88, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el acuerdo establece un incremento del refrigerio no remunerativo con vigencia desde el 1° de julio de 2015.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido.
Que los delegados de personal han intervenido de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente
de su personería gremial.
Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada en la
cláusula segunda, cabe aclarar que el concepto refrigerio es de
carácter remunerativo de acuerdo a la legislación vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión
Administrativa N° 186/2015
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa BAC SOCIEDAD
ANONIMA por la parte empresaria, que luce a fojas 5 del Expediente N°
1.681.412/15.
ARTÍCULO 2° — Gírese la presente a la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a
fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a
fojas 5 del Expediente N° 1.681.412/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo
de Trabajo N° 27/88.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SARA GRACIELA SOSA, Directora Nacional,
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.681.412/15
Buenos Aires, 02 de noviembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 82/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1399/16. — Lic. JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 21 días del mes de Junio de 2015,
entre BAC S.A., con domicilio legal en LUNA 415, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representada en este acto por los Sres. responsables
cuyos Nombres, Apellidos, Documentos, firmas y cargos que se detallan
al pie por una parte y el S.M.A.T.A. (SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA), con domicilio
legal en la Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
representada en este acto por los Sres. responsables cuyos Nombres,
Apellidos, Documentos, firmas y cargos que se detallan al pie, en
adelante conjuntamente denominadas las Partes.
Abierto el acto y tras intensas tratativas mantenidas, las partes de
común y pleno acuerdo convienen lo que se detalla a continuación:
PRIMERA: Las partes convienen en establecer a partir del 1 de julio del
corriente año, el otorgamiento por parte de la empresa en concepto de
refrigerio, la suma de treinta pesos ($30.-) por cada día trabajado, a
todos los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia
en la actualidad y en el futuro en la empresa.
SEGUNDA: La asignación establecida en el artículo PRIMERO del presente
acuerdo tendrá carácter de no remunerativa y se abonará en rubro
separado en el recibo de haberes por rubro bajo la denominación
“Refrigerio No Remunerativo”.
TERCERA: Cualquiera de las partes en forma individual o conjunta,
presentaran este Acuerdo ante el Ministerio de Trabajo para su
homologación.
Las partes suscriben el presente acuerdo, previa lectura y
ratificación, en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.