SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD
Disposición 18 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2016
VISTO el Expediente N° S01:175415/2016 del Registro del Ministerio de
Modernización, y el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus
modificatorios y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de
junio de 2012, sus normas modificatorias complementarias y
sustitutivas, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la contratación para
la adquisición de Licencias Tivoli para ser utilizadas en el Centro de
Datos Tucumán.
Que el proyecto ha sufrido cambios sustanciales en cuanto a su alcance,
no respondiendo la licitación en trámite a las necesidades actuales de
la Subsecretaria de Tecnología y Ciberseguridad.
Que a mayor abundamiento el Artículo 12 del Decreto N° 1023/01
establece que la Autoridad Administrativa especialmente tendrá la
prerrogativa de decretar la caducidad, rescisión o resolución de los
contratos.
Que asimismo, el Articulo 20 de dicho cuerpo normativo establece que;
“Las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el
procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al
perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a
favor de los interesados u oferentes”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado
la intervención que le compete;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del
artículo 14 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de
junio de 2012, conforme sus normas modificatorias, complementarias y
las sustitución establecida por el Decreto N° 690 de fecha 16 de mayo
de 2016 y normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Dejar sin efecto la Licitación Pública N° 5/2016 en
virtud de haber sufrido el proyecto cambios sustanciales en cuanto a su
alcance, no respondiendo la licitación en trámite a las necesidades
actuales.
ARTÍCULO 2° — Desaféctese el gastos oportunamente imputado a las
partidas específicas de la jurisdicción 26 del Ministerio de
Modernización de la Nación.
ARTÍCULO 3° — Publíquese, comuníquese y archívese. — JOSE JOAQUIN
HIRSCHSON ALVAREZ PRADO, Subsecretario, Subsecretaría de Tecnología y
Ciberseguridad, Ministerio de Modernización.
e. 01/12/2016 N° 91571/16 v. 01/12/2016