MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 796 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2016

VISTO el Expediente N° 1.710.314/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 41 del Expediente N° 1.710.314/16 obra el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN PERSONAL DE PANADERÍAS Y AFINES y las empresas ADCA SOCIEDAD ANÓNIMA y PETRACCA- LOSPENNATO-SANCHEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen el pago de una suma no remunerativa, a pagarse en dos (2) cuotas, a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 920/07 “E”, del cual son las mismas partes signatarias, conforme surge de los términos y condiciones del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN PERSONAL DE PANADERÍAS Y AFINES y las empresas ADCA SOCIEDAD ANÓNIMA y PETRACCA- LOSPENNATO-SANCHEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que luce a foja 41 del Expediente N° 1.710.314/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 41 del Expediente N° 1.710.314/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 920/07 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.710.314/16

Buenos Aires, 11 de noviembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 796/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a foja 41 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1427/16. — LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N° 1.710.314/16

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los quince días del mes de Marzo del año dos mil dieciséis, siendo las 14:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2, Sr. Gustavo ORTOLANO, por la UNIÓN PERSONAL PANADERÍAS Y AFINES (UPPA), el Sr. José Luis SÁNCHEZ (DNI 18.324.873), Saúl Esteban GONZALES MORALES (M.I. 92.661.922), conjuntamente con los delegados internos de las empresas, Bernardo Eligio SÁNCHEZ (MI 22.364.696), Rubén Atilio TORINO (MI 27.401.752), Christian Damián GALVÁN (MI 31.091.054), Cesar ABALLAY (MI 30.774.032), y Gustavo SOSA (DNI 31.748.71), con el patrocinio letrado del señor doctor Fabián Alejandro MAIDANA (T° 78 - F° 826 C.P.A.C.F); y por la empresa ADCA S.A., comparece Raúl ARGUELLES (DNI 13.368.490); y por PETRACCA- LOSPENNATO- SANCHEZ S.R.L., comparece María Emilia PETRACCA (DNI 25.771.374), en calidad de Apoderada, quienes asisten al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, las partes conjuntamente manifiestan que luego de un arduo intercambio de opiniones, han llegado a un acuerdo, el cual consiste en el pago de una suma no remunerativa de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500), la cual se abonará, $ 1000 con los salarios del mes de Marzo y $ 1500 con los salarios del mes de Abril, a todos los trabajadores encuadrados en el CCT 920/07 “E”. Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

En este estado, el funcionario actuante, comunica a las partes que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación; será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que no siendo para más se cierra el acto siendo la 16.00 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.