MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 34 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2016

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2016-04004845- -APN -SECMA#MM, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, las Resoluciones Nros. 171-E del 19 de julio de 2016 y 466-E del 11 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nros. 3 del 21 de abril de 2016, 4 del 9 de mayo de 2016, 7-E del 2 de junio de 2016, 9-E del 29 de junio de 2016, 12-E del 15 de julio de 2016, 13-E del 19 de julio de 2016, 16-E del 2 de agosto de 2016, 19-E del 15 de septiembre de 2016, 20-E del 4 de octubre de 2016, 25-E del 7 de noviembre de 2016, 26-E del 11 de noviembre de 2016, 31-E del 22 de noviembre de 2016 y 33-E del 29 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Resolución N° 3/16 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba la implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 4/16, 9/16 y 13/16 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprueban la inclusión de distintos procedimientos al Nomenclador de Trámites del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 171-E del 19 de julio de 2016, 277-E del 22 de agosto de 2016, 400-E del 5 de octubre de 2016 y 466-E del 11 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecen los cronogramas de implementación de los distintos módulos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en el SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, en el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA - CITEDEF, todos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA, y de AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, respectivamente.

Que a fin de fortalecer la tarea de minimizar la utilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno a la seguridad jurídica, deviene necesario establecer que los actos administrativos de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEMILLA, del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, todos dependientes del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, en el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA - CITEDEF, dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA, deben ser realizados utilizando el módulo “Generador Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) a partir del 15 de diciembre del presente año.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que a partir del 15 de diciembre de 2016 los actos administrativos deberán confeccionarse mediante el módulo “Generador Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en las siguientes jurisdicciones:

a) ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE,

b) INSTITUTO NACIONAL DE LA SEMILLA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,

c) INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,

d) INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,

e) SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL del MINISTERIO DE DEFENSA

f) INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL del MINISTERIO DE DEFENSA

g) DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA,

h) INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA - CITEDEF del MINISTERIO DE DEFENSA.

ARTÍCULO 2° — Establécese que los funcionarios responsables de las unidades de Despacho y Mesa de Entradas de los organismos comprendidos en el Artículo 1ro. de la presente Resolución deberán cerrar los registros de los actos administrativos instrumentados en soporte papel y deberán informar, mediante el módulo de COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, el último número asignado a dichos actos administrativos obrante en sus respectivos registros, a fin de proceder a la continuación de la numeración correspondiente en el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — EDUARDO NICOLÁS MARTELLI, Secretario, Secretaría de Modernización Administrativa, Ministerio de Modernización.

e. 06/12/2016 N° 93107/16 v. 06/12/2016