AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 671/2016
Buenos Aires, 30/11/2016
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1. “Transporte de
materiales radiactivos”, el procedimiento de esta ARN P-TMR-04 “Emisión
del certificado de aprobación para el transporte de material
radiactivo”, el Expediente TMR-EXP-7458/16, lo actuado por el Sector
CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N°
24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o
autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”
establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de
materiales radiactivos.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta
ARN la renovación del Certificado de Aprobación RA/0095/X,
correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales del
bulto para molibdeno 99, modelo denominado ATEA 333 RL-99.
Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha
tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo
establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que
la Institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos
exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el VISTO.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, ha
prestado su conformidad a la aprobación de la renovación del mencionado
Certificado de Aprobación RA/0095/X.
Que, en relación al cumplimiento del pago de la tasa regulatoria
correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la Resolución ARN N°
76/08, la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN
informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de tasa
regulatoria.
Que mediante Nota de fecha 21 de noviembre de 2016 la CNEA informó que
por falta de fondos en la partida presupuestaria correspondiente, se
demorará el pago de la tasa regulatoria.
Que asimismo, en las razones que justifican un arreglo especial en el
marco de la solicitud presentada, la CNEA ha manifestado que considera
apropiado contar con los bultos F/333/B(U)-85 RL-99 (ATEA 333 RL-99)
para continuar realizando el abastecimiento interno del radioisótopo
molibdeno 99.
Que el otorgamiento de un Certificado de Aprobación en virtud de
arreglo especial para el transporte de material radiactivo a un usuario
que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por
el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo
dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme lo establece el
Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 30 de noviembre de 2016 (Acta N° 46),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1° — Aprobar por vía de excepción la renovación del
Certificado de Aprobación RA/0095/X, Revisión 12, correspondiente a
transportes en virtud de arreglos especiales del bulto para molibdeno
99, modelo denominado ATEA 333 RL-99, solicitado por CNEA, autorizando
que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posteridad a la
emisión del referido certificado.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
de la República Argentina. Publíquese en el Boletín de este Organismo y
archívese en REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA,
Presidente del Directorio.
e. 13/12/2016 N° 93996/16 v. 13/12/2016