Ley 27326
Día Nacional de la Animación Argentina.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Institúyase el día 9 de noviembre de cada año como el Día
Nacional de la Animación Argentina, en conmemoración del estreno de El
apóstol, primer largometraje animado de la historia, realizado en la
Argentina por Quirino Cristiani.
ARTÍCULO 2° — Encomiéndese al Ministerio de Cultura de la Nación
arbitrar las medidas necesarias para la planificación e implementación
de las acciones conmemorativas del Día Nacional de la Animación
Argentina.
ARTÍCULO 3° — Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para disponer en
los distintos ámbitos de su competencia la implementación de
actividades específicas y realizar la más alta difusión de las mismas,
con idéntico fin que lo dispuesto en el artículo 2° de esta ley.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27326 —
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Buenos Aires, 14 de Diciembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución
Nacional, certifico que la Ley Nº 27.326
(IF-2016-04428059-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE
LA NACION el 16 de noviembre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el
día 13 de diciembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial,
gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento
y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido,
archívese. — Pablo Clusellas.