SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL
Disposición 9 - E/2016
Buenos Aires, 05/10/2016
VISTO el Expediente EX-2016-01218718--APN-SSGD#MM, La Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de Marzo de 1992
y sus modificatorias), los Decretos N° 13 del 10 de diciembre de 2015,
13 de enero de 2016 y 434 del 1° de Marzo de 2016, y La Ley N° 25.326 y
su Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 13/15 modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por el Decreto N° 438/92 y modificatorias), incorporándose el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través del artículo 23 octies.
Que mediante el Decreto N° 13/16 se aprobó la conformación organizativa
del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN hasta el nivel de Subsecretaría.
Que el aludido Decreto N° 13/16 establece las competencias de la
SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre
otras, coordinar los proyectos de mejora de servicios al ciudadano en
las dependencias de atención al público del Sector Público Nacional.
Que en ese marco, esta SUBSECRETARÍA ha desarrollado el “Perfil del
Ciudadano Digital: Mi Argentina”, incluido dentro del Portal Web
Oficial (www.argentina.gob.ar), producto tendiente a brindar servicios
personalizados en donde cada Ciudadano pueda identificar los servicios
del Estado que le sean útiles, gestione notificaciones relacionadas y
cuente con un canal de comunicación fluido.
Que el referenciado producto supone el almacenamiento de los Datos
Personales brindados voluntariamente por los Usuarios de los servicios
digitales que decidan registrarse y crearse un perfil en el “Perfil del
Ciudadano Digital: Mi Argentina”.
Que en cumplimiento con lo establecido por la Ley N° 25.326 resulta
imperativa la creación de la Base de Datos Personales para el “Perfil
del Ciudadano Digital: Mi Argentina”.
Que el titular de la Base de Datos creada por las presente, en su
carácter de responsable de las Base de Datos, podrá eventualmente ceder
los Datos Personales en ella almacenados a dependencias de los órganos
comprendidos en los inc. a y c del Art. 8 de la Ley N° 24.156, en la
medida del cumplimiento de sus respectivas competencias, en los
términos de lo dispuesto en el artículo 11, inciso c, de la ley citada
en el párrafo anterior.
Que, asimismo, los titulares de los Datos Personales podrán tomar
conocimiento y ejercer los derechos de acceso, rectificación,
actualización o supresión de sus Datos Personales almacenados en la
Base creada por esta medida mediante el acceso a su perfil en Mi
Argentina y antes las oficinas de la SUBSECRETARÍA.
Que esta SUBSECRETARÍA establecerá los mecanismos internos para el
adecuado funcionamiento de las Bases de Datos que se crean por la
presente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
el artículo 22, inciso 1, de la Ley N° 25.326 y el artículo 21 del
Decreto N° 1558/01.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARÍA de GOBIERNO
DIGITAL la Base de Datos Personales informatizada con servidor central
del “Perfil del Ciudadano Digital: Mi Argentina” cuya finalidad será
brindar el acceso a servicios digitales del Estado en forma
personalizada, mediante la creación voluntaria de un perfil
administrado por el Ciudadano. Al registrarse, el Ciudadano podrá
brindar: Documento Nacional de Identidad; Pasaporte; Licencia de
Conducir; CUIL; Nombres y Apellidos; Domicilio; Correo electrónico;
Imagen; Teléfono; Estado Civil; Fecha de Nacimiento; Lugar de
Nacimiento; Parentesco y Datos de Familia, Género; Nacionalidad;
Licencias, Permisos, Autorizaciones. Todos los cuales serán conservados
hasta que el Usuario Registrado los elimine o el Estado descontinúe el
uso del producto.
ARTÍCULO 2° — Inscríbase las Bases de Datos creada por la presente en
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES dependiente del
MINISTERIO DE JUSTICIA fin de dar cumplimiento con lo normado en el
Art. 21 de la Ley N° 25.326.
ARTÍCULO 3° — La SUBSECRETARÍA de GOBIERNO DIGITAL dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN será el Titular y Órgano Responsable de la Base de Datos
y ante su oficina, sita en Av. Roque Saenz Peña N° 788 Piso 7, Ciudad
de Buenos Aires, se podrán efectuar los reclamos en ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación o supresión.
ARTÍCULO 4° — La SUBSECRETARÍA de GOBIERNO DIGITAL podrá ceder,
transferir e interconectar la Base con la de otras dependencias de los
órganos comprendidos en los Inc. a y c del Art. 8 de la Ley N° 24.156,
en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias y siempre
que ello facilite la interacción entre el Usuario Registrado y el
Estado.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese y archívese. — DANIEL ALEJANDRO
ABADIE, Subsecretario, Subsecretaría de Gobierno Digital, Ministerio de
Modernización.
e. 15/12/2016 N° 95116/16 v. 15/12/2016