MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 1454/2016
Desígnase Director Nacional de Promoción Minera.
Buenos Aires, 15/12/2016
VISTO el Expediente N° S01:0335129/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros.
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 231 de
fecha 22 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la
Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que mediante el Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016 se
estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en
el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que a través del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 231/2015 se transfirió la
SECRETARÍA DE MINERÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, conjuntamente con sus unidades
organizativas dependientes, a la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA.
Que por el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27
de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el Artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 761/2016 se
incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron del Nomenclador de
Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE
DESARROLLO MINERO de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, se considera imprescindible la cobertura transitoria del
cargo de Director Nacional de Promoción Minera, a fin de optimizar el
funcionamiento de la organización y el efectivo cumplimiento de las
competencias asignadas a la citada Subsecretaría.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus
modificatorios.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, a fin de atender
el gasto resultante de la designación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
Artículo 1° del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 27 de julio de
2016 y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, al Geólogo
D. Daniel Gonzalo JEREZ (M.I. Nº 14.969.806) en el cargo de Director
Nacional de Promoción Minera (Nivel A, Grado 0, F.E. Nivel I) del SINEP
de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO de la SECRETARÍA DE MINERÍA
del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente
pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado en la presente medida deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y
VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día
27 de julio de 2016.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan J. Aranguren.