Resolución 1128 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2016
VISTO el Expediente CUDAP N° 8467/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL tiene como objetivo entender,
diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación,
resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación, así
como fomentar la divulgación de dicho patrimonio a través de la
multiplicidad de vías existentes.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL DE LA SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL tiene entre sus funciones entender, conducir y
planificar estrategias para la Investigación del Patrimonio Cultural de
la Nación así como promover, preservar e implementar acciones
tendientes al mejoramiento, acrecentamiento y difusión en el ámbito
nacional e internacional del Patrimonio Cultural de la Nación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CULTURAL dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO
CULTURAL, propicia la realización de la Convocatoria a Becas de
Investigación “Acciones, Visiones, Representaciones”, en la que podrán
participar investigadores de todo el país.
Que resulta necesario aprobar el reglamento de Bases y Condiciones aplicable a la presente Convocatoria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nª 438/92)
y sus modificatorios, y el Decreto N° 392/86.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases y Condiciones de la Convocatoria a
Becas de Investigación “Acciones, Visiones, Representaciones” con sus
anexos A y B que integran la presente Resolución como Anexo
IF-2016-04079446-APN-SECPC#MC.
ARTÍCULO 2° — Establécese la apertura de la Convocatoria a Becas de
Investigación “Acciones, Visiones, Representaciones” al segundo día
hábil siguiente de la publicación de las Bases y Condiciones en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — La DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CULTURAL
dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION PATRIMONIAL, será la
autoridad de aplicación e interpretación de las Bases y Condiciones de
la presente Convocatoria.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos de la JURISDICCIÓN 72 en
la actividad y programa que correspondan.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro,
Ministerio de Cultura.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 16/12/2016 N° 95966/16 v. 16/12/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")