FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL

Decreto 1270/2016

Desígnase Presidente del Consejo de Administración.

Buenos Aires, 16/12/2016

VISTO el EX-2016-01445215-APN-DMENYD#MI del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 24.855 y su Decreto Reglamentario N° 924 de fecha 11 de septiembre de 1997 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 208 de fecha 31 de enero de 2002 y 389 de fecha 22 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° de la Ley N° 24.855 se creó el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL que tiene por objetivo asistir a las provincias y al Estado Nacional en la financiación de obras de infraestructura económica y social, de acuerdo a lo dispuesto por dicha Ley.

Que asimismo, el artículo 5° de la Ley N° 24.855 establece que la administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL será ejercida por un Consejo de Administración compuesto por SIETE (7) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del actual MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, DOS (2) de los cuales serán nominados por la asamblea de gobernadores del CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES.

Que por el artículo 12 del Decreto N° 924/97 y sus modificatorios, se estableció que los miembros del Consejo de Administración, quienes en el ejercicio del cargo tendrán las mismas responsabilidades que las previstas para los directores de las sociedades anónimas en la Ley General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984), durarán DOS (2) años en sus funciones, su remuneración no será superior a la de un Director del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y podrán ser designados nuevamente, en forma indefinida.

Que actualmente, el Consejo de Administración está conformado por D. José Arturo ESTABILLO (D.N.I. N° 5.404.100), que ocupa el cargo de Presidente del mismo, el Contador D. Oscar LLANO (D.N.I. N° 14.621.300), el Contador D. Jorge Luis MLADINEO (D.N.I. N° 10.962.892), el Arquitecto D. Hernán Julio VELA (D.N.I. N° 16.023.706) y el Licenciado D. Juan Pablo CARRIQUE (D.N.I. N° 26.423.408), designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante el Decreto N° 208/02 el primero de ellos y por el Decreto N° 389/16 los CUATRO (4) restantes.

Que D. José Arturo ESTABILLO ha presentado su renuncia al cargo de Presidente del Consejo de Administración, siendo pertinente aceptar la misma.

Que en el marco de lo expuesto, resulta necesario designar al señor SECRETARIO DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Licenciado D. Alejandro Oscar CALDARELLI (D.N.I. N° 12.497.340), como Presidente del Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, en reemplazo de D. José Arturo ESTABILLO.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N ° 24.855.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Acéptase, a partir de la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial, la renuncia presentada por D. José Arturo ESTABILLO (D.N.I. N° 5.404.100), al cargo de Presidente del Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL.

ARTÍCULO 2° — Desígnase, a partir de la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial, con carácter “Ad Honorem”, como Presidente del Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, por un período de DOS (2) años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 24.855 y en el artículo 12 del Decreto N° 924 de fecha 11 de septiembre de 1997 y sus modificatorios, al señor SECRETARIO DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Licenciado D. Alejandro Oscar CALDARELLI (D.N.I. N° 12.497.340).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Rogelio Frigerio.