MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 1468/2016
Desígnase Director Nacional de Evaluación y Supervisión de Proyectos Nucleares.
Buenos Aires, 16/12/2016
VISTO el Expediente N° S01:0335148/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros.
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 231 de
fecha 22 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la
Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el Artículo 7º de la mencionada ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016 se
estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en
el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, será efectuada por el Señor Jefe de Gabinete de
Ministros a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que a través del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27
de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27
de julio de 2016 se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron
del Nomenclador de Funciones Ejecutivas cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE
ENERGÍA NUCLEAR de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, se considera imprescindible la cobertura transitoria
del cargo de Director Nacional de Evaluación y Supervisión de Proyectos
Nucleares, a fin de optimizar el funcionamiento de la organización y el
efectivo cumplimiento de las competencias asignadas a la citada
Subsecretaría.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, a fin de atender
el gasto resultante de la designación transitoria alcanzada por la
presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el
Artículo 7º de la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016 y por el Artículo 1° del
Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente
medida al Doctor D. Sergio Rodrigo CABADO (M.I. Nº 18.030.060) en el
cargo de Director Nacional de Evaluación y Supervisión de Proyectos
Nucleares (Nivel A, Grado 0, F.E.I del SINEP) dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente
pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el ejercicio 2016 y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado en la presente medida deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y
VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y sus modificatorios, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan J. Aranguren.