Decisión Administrativa 1476/2016
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Buenos Aires, 19/12/2016
VISTO el Expediente N° S04:0032074/2016 del Registro de la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 27.198 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2016, el Decreto N° 975 del 1° de septiembre de 2016 y la Decisión
Administrativa Nº 10 del 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el Presupuesto vigente de la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a los efectos de
atender gastos de funcionamiento, financiando los mismos con la
incorporación de recursos propios.
Que por el Artículo 92 de la Ley N° 27.260, modificatoria de la Ley N°
25.246, se dispuso como ámbito de actuación de la UNIDAD DE INFORMACIÓN
FINANCIERA al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que, asimismo, por el Artículo 7° del Decreto N° 975 del 1° de
septiembre de 2016, se estableció que hasta tanto se efectúen las
adecuaciones presupuestarias correspondientes al traspaso de la UNIDAD
DE INFORMACIÓN FINANCIERA a la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, las erogaciones correspondientes a la citada Unidad
serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la
Jurisdicción de origen, siendo ésta el MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del
artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el
artículo 1° de la Ley N° 26.124.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el
detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-01716125-APN-SECH#MH)
al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)