PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1490/2016

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Buenos Aires, 20/12/2016

VISTO la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 distribuido por la Decisión Administrativa Nº 10 del 19 de enero de 2016 y el Expediente Nº 2002-13081-16-8 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la adecuación del presupuesto de la JURISDICCIÓN 80 - MINISTERIO DE SALUD, en la parte que corresponde a su ADMINISTRACIÓN CENTRAL - Servicio Administrativo Financiero 310, a fin de asegurar el cumplimiento de las acciones programadas en el marco de los programas y proyectos con financiamiento externo a su cargo.

Que la medida que se promueve involucra la reducción de autorizaciones para gastar originalmente destinadas a erogaciones de capital a favor de erogaciones corrientes amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Que la modificación presupuestaria que se propicia forma parte de las adecuaciones necesarias para alcanzar el Presupuesto de Gestión 2016 oportunamente elaborado por el MINISTERIO DE SALUD.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se propicia está amparada en las facultades conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, aprobado por la Ley Nº 27.198 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 10 del 19 de enero de 2016, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-01336537-APN-SSP#MH) al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)