PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1490/2016
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Buenos Aires, 20/12/2016
VISTO la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016 distribuido por la Decisión
Administrativa Nº 10 del 19 de enero de 2016 y el Expediente Nº
2002-13081-16-8 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la adecuación del
presupuesto de la JURISDICCIÓN 80 - MINISTERIO DE SALUD, en la parte
que corresponde a su ADMINISTRACIÓN CENTRAL - Servicio Administrativo
Financiero 310, a fin de asegurar el cumplimiento de las acciones
programadas en el marco de los programas y proyectos con financiamiento
externo a su cargo.
Que la medida que se promueve involucra la reducción de autorizaciones
para gastar originalmente destinadas a erogaciones de capital a favor
de erogaciones corrientes amparada en las disposiciones del Artículo 37
de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la
Ley Nº 26.124.
Que la modificación presupuestaria que se propicia forma parte de las
adecuaciones necesarias para alcanzar el Presupuesto de Gestión 2016
oportunamente elaborado por el MINISTERIO DE SALUD.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida que se propicia está amparada en las facultades
conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016, aprobado por la Ley Nº 27.198 y
distribuido por la Decisión Administrativa N° 10 del 19 de enero de
2016, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas
(IF-2016-01336537-APN-SSP#MH) al presente artículo que forman parte
integrante del mismo.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)