Resolución General 3961
Procedimiento. Ley N° 25.506. Firma
Digital. Resolución General N° 2.674. Inscripción en el registro de
empresas proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos criptográficos
homologados.
Buenos Aires, 20/12/2016
VISTO la Ley N° 25.506, y
CONSIDERANDO:
Que la referida ley reconoce la eficacia jurídica del empleo de la
firma electrónica y de la firma digital, estableciendo las
características de su infraestructura en la República Argentina.
Que la Resolución N° 88 del 17 de diciembre de 2008, de la entonces
Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, otorgó a la Administración Federal de Ingresos Públicos la
licencia para operar como Certificador Licenciado.
Que mediante la Resolución General N° 2.651, se dispuso el
procedimiento relacionado con la emisión y administración de los
certificados digitales previéndose que, a los fines de la obtención de
los denominados “Clase 4”, se deberán utilizar dispositivos
criptográficos que cuenten con determinadas características.
Que en tal sentido, la Resolución General N° 2.674 creó el “REGISTRO DE
EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS HOMOLOGADOS” y
estableció los requisitos técnicos y formales que las mismas deberán
cumplir para su incorporación, así como para la homologación de los
diferentes dispositivos que podrán utilizarse.
Que los dispositivos criptográficos a homologar han cumplido con los
aspectos exigidos, por lo que corresponde inscribir a la empresa
proveedora en el citado “Registro”, debiendo la misma —durante el lapso
de validez de la homologación— observar las demás obligaciones
previstas por la normativa aplicable.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente, y la
Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Incorpórase en el “REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE
DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS” creado por la Resolución
General N° 2.674, a la empresa MS ARGENTINA S.R.L. - C.U.I.T. N°
30-70936070-8.
ARTÍCULO 2° — De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4° de la
Resolución General N° 2.674, se homologan los dispositivos
criptográficos cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se
detallan a continuación:
DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS (Marca/Modelo/Versión) |
EMPRESA PROVEEDORA |
Athena Smartcard, Inc.
IDProtect key with Laser PKI (TIDPUSBV2J)
Applet 3.0 |
MS ARGENTINA S.R.L.
C.U.I.T. N° 30-70936070-8 |
Athena Smartcard, Inc.
IDProtect key with Laser PKI (TIDPTMINI72)
Applet 3.0 |
MS ARGENTINA S.R.L.
C.U.I.T. N° 30-70936070-8 |
ARTÍCULO 3° — La autorización a la empresa proveedora para
comercializar los dispositivos homologados que se indican en el
Artículo 2°, tendrá una validez de DIEZ (10) años contados a partir del
día de la publicación de esta resolución general en el Boletín Oficial,
inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las obligaciones
previstas en la normativa vigente.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto Abad.