INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 3017/2016

Buenos Aires, 22/12/2016

VISTO el Expediente N° 12249/2016/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225 del 31 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto 1248/2001) se halla la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.

Que el Decreto N° 1225/2010 estableció la obligación del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la producción de contenidos para televisión estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia de este Organismo.

Que dentro del marco normativo, el organismo fijó coma política de fomento la promoción de películas en capítulos destinadas a su televisación en los términos del artículo 73, inciso a), primera parte de la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/2001), priorizando el incremento del empleo argentino y la llegada a mayores audiencias.

Que a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un concurso el cual recibirá la denominación de “CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES AUDIOVISUALES EN FORMATO WEB DE CONTENIDOS DE FICCIÓN 2016 - SEGUNDA EDICIÓN”.

Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.

Que por el presente acto resolutivo el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES llama a concurso para el desarrollo de DOCE (12) proyectos de SERIES DE FICCIÓN para su difusión en plataformas digitales.

Que con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno financiar el desarrollo de LOS PROYECTOS con un presupuesto de referencia de hasta PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-). Del mencionado presupuesto en concepto de premio por cada uno de los DOCE (12) ganadores el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aportará hasta un OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del mismo, con un tope máximo de PESOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 68.000) por cada proyecto ganador.

Que los premios a otorgar serán DOCE (12) distribuidos a razón de DOS (2) por cada región que estará comprendida por las siguientes provincias: Centro Metropolitana (Provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Centro Norte (Córdoba y Santa Fe), Patagónica (Neuquén, Río Negro, La Pampa, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego), NOA (Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, La Rioja), NEA (Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Entre Ríos) y Cuyo (San Luis, San Juan, Mendoza).

Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del concurso deberán firmar un contrato de instrumentación de premio con el INCAA obligándose al cumplimiento de todos los requerimientos que se explicitarán en dicho contrato.

Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han tomado la intervención que les compete.

Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las facultades otorgadas por la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/2001) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/10 y el Decreto Nº 175/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Llámese a Productores a participar del “CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES AUDIOVISUALES EN FORMATO WEB DE CONTENIDOS DE FICCIÓN 2016 - SEGUNDA EDICIÓN” en el período comprendido entre los días 23 de diciembre de 2016 y 28 de febrero de 2017, el que consta del desarrollo de DOCE (12) proyectos de SERIES DE FICCIÓN para su difusión en plataformas digitales y/o a su televisación, recibiendo el ganador hasta el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del presupuesto aprobado de referencia estimado en PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-), de los que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aportará hasta PESOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 68.000) como máximo por cada proyecto ganador y en los términos establecidos en las bases y condiciones del concurso. El financiamiento restante correrá por cuenta del productor presentante.

(Nota Infoleg: por art. 5° de la
Resolución N° 386/2017 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 24/02/2017 se prorroga hasta las VEINTITRES HORAS CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (23.59 hs) del día viernes 10 de marzo de 2017 inclusive, la fecha de cierre a la convocatoria al “CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES AUDIOVISUALES EN FORMATO WEB DE CONTENIDOS DE FICCIÓN 2016 - SEGUNDA EDICIÓN.) llamado por la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º — Apruébense las bases y condiciones del “CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES AUDIOVISUALES EN FORMATO WEB DE CONTENIDOS DE FICCIÓN 2016 - SEGUNDA EDICIÓN” que como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas bases y condiciones serán publicadas junto al formulario electrónico de pre-inscripción en el sitio web del INCAA - http://www.incaa.gob.ar/

ARTÍCULO 3º — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las bases y condiciones del mismo.

ARTÍCULO 4° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.

ARTÍCULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO CACETTA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del INCAA.

e. 27/12/2016 N° 98866/16 v. 27/12/2016