MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición 109 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2016
VISTO el Expediente Nº 1.728.877/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5 del Expediente Nº 1.728.877/16, obra el Acuerdo celebrado
por el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa CARGO SERVICIOS INDUSTRIALES SOCIEDAD
ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones
laborales, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que cabe señalar que atento al tenor del mismo procede su registro como
acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho
individual del personal afectado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por Decisión Administrativa N° 186/16.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Declárese registrado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa CARGO SERVICIOS INDUSTRIALES SOCIEDAD
ANÓNIMA, obrante a fojas 5 del Expediente Nº 1.728.877/16, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5 del
Expediente N ° 1.728.877/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SARA GRACIELA SOSA, Directora Nacional,
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.728.877/16
Buenos Aires, 01 de diciembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 109/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1525/16. — Lic. JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la localidad de General Pacheco, a los 24 días del mes de Junio de
2016, se reúnen, por una parte, los representantes de CARGO SERVICIOS
INDUSTRIALES S.A., el Sr. Pablo Sergio Bonada en su carácter de
Apoderado, en adelante LA EMPRESA y por la otra, los Representantes del
SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), Sres. Ricardo Jorge Ramón De Simone,
Secretario Gremial; Sergio Martín Pignanelli, Subsecretario Gremial;
Javier Alejandro José Ditto, Subsecretario Gremial de Convenios y Leyes
Laborales; Gustavo Armando Auteda, Subsecretario Gremial de Higiene y
Seguridad en el Trabajo; Roberto Herrera, Delegado General; Luis
Álvarez, Colaborador Gremial y los delegados Julio Flores y Mariano
Slythe, en adelante los REPRESENTANTES DEL PERSONAL, todos firmantes al
pie de la presente, ambas, en conjunto, denominadas LAS PARTES, el
requerimiento de la asociación gremial de sus trabajadores, por lo que
las PARTES convienen en dejar constancia del acuerdo al que han
arribado en los siguientes términos:
1. La empresa manifiesta que a fin de cumplir necesidades transitorias,
esto es para cubrir licencia por descanso anual del personal que se
desempeña en la sucursal ubicada en la localidad de Pacheco, requiere
la contratación de seis operarios por el plazo determinado de noventa
(90) días.
2. La empresa manifiesta que a fin de satisfacer esta necesidad
particular y existiendo un plazo determinado durante el cual se
mantendrá la misma se contratará al personal bajo la modalidad de
contrato a plazo fijo (Art. 90 LCT).
3. La empresa presta conformidad a la contratación del personal
recomendado; por lo que ambas partes acuerdan el ingreso del personal
especificado en el anexo I, para desempeñarse en la categoría de
OPERARIO Categoría 5, conforme fecha de ingreso y egreso que allí se
especifica y que obra de conformidad a lo expresado en el contrato que
los empleados deberán suscribir y que quedaran obligados en los
términos allí descriptos.
4. Ambas representaciones solicitan a la autoridad administrativa ante
la que se suscribe este acto, Ministerio de Trabajo de la Nación,
procede a la registración oficial del presente acuerdo, peticionando
expresamente su urgente homologación.
De total conformidad y para constancia previa lectura y ratificación
firman las partes en el lugar y fecha indicados ut- supra por ante el
funcionario actuante que certifica en cuatro copias de igual tenor.