MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 205/2016
Buenos Aires, 19/12/2016
VISTO la Ley N° 26.727 y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 68 de fecha 24 de agosto del 2016 y,
CONSIDERANDO:
Que en la citada Resolución la Comisión Nacional de Trabajo Agrario
determinó las remuneraciones mínimas del personal que se desempeña en
explotaciones agrarias de manera permanente y continua, en el ámbito de
todo el país.
Que, en el marco del Diálogo para la Producción y el Trabajo,
representantes nacionales del sector empleador y del sector trabajador
de diversas actividades productivas que se desarrollan en la República
acordaron la pertinencia de otorgar una suma no remunerativa de
carácter extraordinario, tomando como referencia un valor de DOS MIL
PESOS ($ 2.000).
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las
representaciones sectoriales ante la Comisión Nacional de Trabajo
Agrario en cuanto a la fijación de dicha suma para los trabajadores
incluidos en la Resolución CNTA N° 68/16, debe procederse a su
determinación.
Que, asimismo, los representantes han contemplado la delicada situación
macroeconómica que atraviesan las economías regionales, la actividad
lechera y aquellos productores que hayan requerido la declaración de
emergencia agropecuaria, por lo cual se decide su exclusión.
Que, finalmente, las partes han coincidido, con la expresa oposición de
CONINAGRO, que el pago de la referida bonificación debe extenderse a
los trabajadores que se desempeñan en tareas de MANIPULACIÓN Y
ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de todo el país.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Fijase una asignación extraordinaria de carácter no
remunerativo de PESOS DOS MIL ($ 2.000), para los trabajadores que se
desempeñan en las distintas categorías establecidas en la Resolución de
la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 68 de fecha 24 de agosto de
2016, en el ámbito de todo el país, la cual se abonará en un único pago
junto con las remuneraciones del mes de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 2° — Extiéndase la asignación extraordinaria de carácter no
remunerativo referida en el artículo precedente a los trabajadores
comprendidos en las Resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo
Agrario Nros. 48/2014, 5/2016, 22/2016, 29/2016, 30/2016, 46/2016,
63/2016, 71/2016, 157/2016, 176/2016 y 204/2016.
ARTÍCULO 3° — EXCLUSIONES. La presente Resolución no se aplicara al
personal a) que desempeña tareas en establecimientos cuya actividad
principal sea la lechera, o b) cuyo empleador posea certificado de
emergencia agropecuaria, otorgado durante el transcurso del año 2016, o
c) que desempeña tareas en las economías regionales, no incluido en la
Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 68 de fecha 24
de agosto de 2016.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 242/2016 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario B.O. 4/1/2017)
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA JULIA SQUIRE,
Presidenta Comisión Nacional de Trabajo Agrario. — Dr. HUGO EZIO
ERNESTO ROSSI, Rep. Ministerio de Agroindustria. — Dr. ALBERTO
FRANCISCO FROLA, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Lic. DANIEL
EDUARDO ASSEFF, Rep. CONINAGRO. — Sr. RAMÓN ERNESTO AYALA,
Representante UATRE. — Sr. JORGE ALBERTO HERRERA, Representante UATRE.
e. 27/12/2016 N° 98659/16 v. 27/12/2016