MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 1579/2016
Apruébase estructura organizativa del Instituto Nacional del Teatro.
Buenos Aires, 29/12/2016
VISTO el Expediente N° 1530/2016 del registro del INSTITUTO NACIONAL
DEL TEATRO, organismo descentralizado y autárquico actuante bajo la
órbita del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley Nº 24.800, los Decretos Nros.
221 del 23 de febrero de 1998, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP) y 35 de fecha 1° de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nacional del Teatro N° 24.800 se creó el INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO como organismo rector de la promoción y apoyo de la
actividad teatral, autoridad de aplicación de dicha Ley, y como ente
autárquico en Jurisdicción de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA.
Que mediante el Decreto Nº 221/98 se aprobó la estructura organizativa
de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
Que por el Decreto Nº 35/16 se aprobó la conformación organizativa del
MINISTERIO DE CULTURA, estableciéndose como organismo descentralizado
en su órbita al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
Que en esta instancia corresponde aprobar una nueva estructura
organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DEL
TEATRO y, asimismo, homologar y reasignar diversas unidades en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas del citado organismo.
Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico del INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de
la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la
SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, han tomado intervención en los aspectos que hacen a
su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado
y autárquico actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, de
acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que
como Anexos I (IF-2016-05018670-APN-MC) y II (IF-2016-05018680-APN-MC)
forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.
ARTÍCULO 2° — Homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas, los cargos pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO,
según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo
(IF-2016-05018701-APN-MC), que forman parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 3° — Facúltase al Titular del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO,
organismo descentralizado actuante bajo la órbita del MINISTERIO DE
CULTURA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a
la aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo de
DOS (2) Coordinaciones, comprendidas dentro del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre
de 2008 y sus modificatorios, las que a través de dicho acto serán
incorporadas en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Organismo,
con Nivel IV.
ARTÍCULO 4° — Facúltase al titular del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO,
organismo descentralizado actuante bajo la órbita del MINISTERIO DE
CULTURA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la
estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá
adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de
Presupuesto vigente al momento de aprobación.
ARTÍCULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de la Jurisdicción 72
- MINISTERIO DE CULTURA - Entidad 117 - INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alejandro P. Avelluto.
ANEXO I
IF-2016-05018670-APN-MC
ANEXO II
MINISTERIO DE CULTURA
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno
incorporado a la organización de la Jurisdicción, privilegiando las
pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES:
1. Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la
Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y
Auditoría Interna.
2. Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.
4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5. Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
6. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Jurisdicción, se
cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la
normativa legal vigente.
7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la
elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8. Verificar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION, los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u
observaciones que se formulen.
12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN le
requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
DIRECCIÓN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES TEATRALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la ejecución de las políticas de fomento y promoción de las
actividades teatrales a través del otorgamiento de créditos, subsidios,
contribuciones y premios previstos en la Ley Nacional del Teatro y sus
normas reglamentarias.
ACCIONES:
1. Implementar un sistema de fomento y promoción de la actividad
teatral a través del otorgamiento de subsidios, créditos, becas,
premios y otras formas de contribución previstas en la Ley Nacional del
Teatro y en su reglamentación.
2. Elaborar la reglamentación de las contribuciones del Instituto
Nacional del Teatro al montaje y mantenimiento en escena de las
actividades teatrales y de los espacios escénicos.
3. Proponer la realización de cursos, seminarios, talleres y toda otra
actividad destinada a la difusión del quehacer teatral dirigidos a la
comunidad en general, así como también a la formación de los
trabajadores de teatro en particular.
4. Administrar los datos del Registro Nacional del Teatro Independiente.
5. Proponer la política de créditos y subsidios del INSTITUTO NACIONAL
DEL TEATRO y realizar las actividades que le son inherentes.
6. Instrumentar el Régimen de Concertación previsto en la reglamentación de la Ley Nacional del Teatro.
7. Proponer políticas de fomento destinadas a la realización de actividades teatrales.
8. Establecer los vínculos y las relaciones administrativas pertinentes
con los representantes provinciales de las regiones culturales
argentinas.
9. Coordinar la instrumentación de los procedimientos destinados a la evaluación de proyectos teatrales.
10. Elaborar la reglamentación para la adjudicación de becas destinadas
a contribuir a la formación y perfeccionamiento de los trabajadores del
teatro en todas sus expresiones y especialidades.
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en la ejecución de las funciones de fiscalización que le
competen al Instituto Nacional del Teatro en base a lo establecido por
la Ley Nacional del Teatro y su reglamentación.
ACCIONES:
1. Realizar las inspecciones y verificaciones en el marco de la Ley
Nacional del Teatro, su reglamentación y demás normativa que rige la
actividad teatral.
2. Asistir en la aplicación de las multas y sanciones previstas en la normativa que regula la actividad teatral.
3. Proponer el inicio de las acciones necesarias en los procedimientos destinados a la percepción de multas.
4. Inspeccionar las salas y establecimientos teatrales, así como
también los libros, documentos y registros de los responsables de los
mismos, requiriendo toda la información que juzgue necesaria.
5. Levantar las actas correspondientes a la comprobación de infracciones a la Ley Nacional del Teatro.
6. Realizar el control del cumplimiento de las prescripciones de la Ley
Nacional del Teatro y sus normas complementarias por parte de los
espectáculos, elencos y titulares de salas que reciban subsidios o
apoyos financieros del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
7. Verificar la efectiva percepción del pago de los montos provenientes de la cancelación de los créditos acordados.
8. Controlar que los titulares de salas y espacios concertados
participen los ingresos netos de boletería a las compañías y grupos que
por ellos se contraten, en los porcentajes establecidos por la Ley
Nacional del Teatro y sus normas reglamentarias.
9. Analizar y verificar el correcto cumplimiento de las rendiciones de cuentas de los subsidios otorgados.
10. Administrar los datos del Registro de Beneficiarios Inhabilitados.
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la administración de los recursos físicos y financieros del
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, planificando y ejecutando la política
presupuestaria y financiera del organismo procurando mejorar los
niveles de productividad y la calidad en las prestaciones de los
servicios a cargo del organismo.
ACCIONES:
1. Entender en las actividades relativas a la administración, el manejo
y la custodia de fondos y valores, como así también en todo lo
relacionado con las registraciones contables, financieras y
presupuestarias, la preparación de balances, estados de ejecución,
rendiciones de cuentas y gastos, incluyendo lo correspondiente a las
liquidaciones de haberes.
2. Coordinar la ejecución presupuestaria y proponer las modificaciones
que se proyecten durante el ejercicio financiero del organismo.
3. Elaborar y proponer el anteproyecto de presupuesto del organismo.
4. Formular el plan anual de compras y contrataciones de bienes y servicios
5. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se
efectúe por el régimen de contrataciones de la Administración Pública
Nacional, e intervenir en la elaboración, modificación y rescisión de
los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.
6. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales del organismo.
7. Supervisar las tareas relacionadas con la atención de los servicios
generales y de mantenimiento de los bienes físicos y edilicios del
organismo.
8. Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.
9. Intervenir en la definición de los lineamientos para la utilización racional de los espacios físicos y la infraestructura.
10. Relevar las necesidades, diagnosticar las problemáticas, planificar
las acciones y actuar operativamente en materia de mantenimiento,
servicios generales y seguridad e higiene.
11. Generar los procedimientos y protocolos de actuación física de las
empresas de Seguridad y Limpieza del organismo y realizar la
aplicación, seguimiento y control de dicho plan.
12. Supervisar y controlar la recaudación del organismo.
13. Entender en la administración y en la gestión de los recursos
informáticos del organismo y determinar las necesidades de equipamiento
a fin de satisfacer los requerimientos de la entidad.
14. Entender en la gestión de la documentación administrativa y el
despacho de la Dirección Ejecutiva, y controlar el cumplimiento de las
normas que regulan los procedimientos administrativos.
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el asesoramiento jurídico del Instituto Nacional del Teatro
y representar legalmente al organismo en las instancias judiciales en
que sea parte.
ACCIONES:
1. Asesorar en cuestiones legales, respecto de la aplicación de normas
jurídicas relacionadas a las competencias del INSTITUTO NACIONAL DEL
TEATRO y sobre temas relativos a la interpretación de la Ley Nacional
del Teatro.
2. Dictaminar con relación a los aspectos legales de los proyectos de
actos administrativos de carácter general y particular que se propicien
o se sometan a consideración del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
3. Intervenir en la redacción de las normas emanadas del organismo.
4. Intervenir en los procedimientos relativos a la aplicación de multas.
5. Ejercer la coordinación y supervisión de la representación y
patrocinio del ESTADO NACIONAL en las causas en que sea parte el
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
6. Intervenir en la sustanciación de los sumarios administrativos que pudieren instruirse al personal del organismo.
7. Intervenir en todos los contratos en los cuales el organismo sea parte.
8. Dictaminar sobre convenios que se suscriban con otros organismos o
instituciones públicas o privadas, a nivel nacional o internacional.
9. Disponer y entender en la tramitación de los recursos, reclamos y
denuncias interpuestos contra actos administrativos, impulsando los
procedimientos respectivos y dictaminar respecto a la legitimidad de
los actos del organismo.
IF-2016-05018680-APN-MC
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º
MINISTERIO DE CULTURA
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
HOMOLOGACIONES Y REASIGNACIONES
Unidad Organizativa |
Nivel |
DIRECCIÓN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES TEATRALES
(Ex Dirección de Fomento - Nivel IV) |
II |
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
(Nivel Anterior: IV) |
II |
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
(Ex Dirección de Administración - Nivel IV) |
II |
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
(Ex Asesoría Legal - Nivel V) |
II |
IF-2016-05018701-APN-MC