SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 873 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2016
VISTO el Expediente Nº 1.708.143/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/5 del Expediente Nº 1.708.143/16 obra el Acuerdo
celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA
y la empresa AGGREKO ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,
ratificado a fojas 82 y 85, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen el pago de
una contribución empresaria por única vez, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 1517/16 “E”, del cual son las mismas partes
signatarias, conforme surge de los términos y condiciones del texto
pactado.
Que al respecto cabe señalar que el Convenio precitado fue suscripto
con fecha del 10 de noviembre de 2015, habiéndose firmado el día 29 de
diciembre de 2015 el Acuerdo de autos.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la empresa
AGGREKO ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que luce a
fojas 3/5 del Expediente Nº 1.708.143/16, ratificado a fojas 82 y 85,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/5
del Expediente Nº 1.708.143/16.
ARTÍCULO 3º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa N° 1517/16 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría
de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.708.143/16
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 873/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/5 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1486/16. — LUCIANA
FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de
diciembre del año 2015, se reúnen por una parte la Empresa AGGREKO
ARGENTINA S.R.L., con domicilio legal en calle Boulogne Sur Mer 1768 de
la Localidad de Don Torcuato, Partido del Tigre, Provincia de Buenos
Aires; en adelante LA EMPRESA, representada en este acto por el Señor
Santiago TOZER en su carácter de Gerente de Recursos Humanos; y por la
otra parte la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, con
domicilio en la calle Lima 163 piso 9° de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representada en este acto por los Señores Guillermo Roberto
MOSER y Juan Carlos MENENDEZ en su carácter de Secretario Gremial y
Subsecretario Gremial respectivamente, en adelante LA ENTIDAD SINDICAL;
quienes convienen en celebrar el siguiente Acta Acuerdo que se regirá
por las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan
ANTECEDENTES:
I.- Que las partes resultan ser signatarias del Convenio Colectivo de
Empresa suscripto el día 10 de noviembre de 2015 en el marco del
Expediente Nro. 1705150/2015, cuya vigencia ratifican en este acto.
II.- Que durante las paritarias desarrolladas bajo el Expediente Nro.
1705150/2015, el aporte patronal fue un punto de tratamiento constante
entre las partes, mas luego de arduas negociaciones se había alcanzado
un consenso sobre el total de los temas integrantes de dicha
negociación, a excepción del aporte en cuestión. Va de suyo que esta
diferencia no condicionaba la firma del acuerdo paritario, que
beneficia al colectivo de los trabajadores encuadrados en el Convenio
Colectivo de Empresa suscripto el día 10 de noviembre de 2015 en el
marco del Expediente Nro. 1705150/2015, máxime cuando ambas partes
consensuamos continuar con las negociaciones en referencia al aporte
mencionado.
III.- Que luego de intensas tratativas, de un prolijo análisis de los
hechos y a fin de encausar las negociaciones, ratificando el esfuerzo
comprometido, las partes han encontrado consensos en establecer un
aporte extraordinario y por única vez, pero aplicando dicho aporte a
“financiar el objetivo de alcanzar los más altos estándares en la
atención de la salud de sus trabajadores afiliados, planes de educación
y capacitación profesional y planes sociales a sus afiliados,
complementarios a los otorgados por la legislación vigente.”
III.- Por todo ello, de conformidad con en el art. 9 ley 23.551, el
art. 4° del Decreto 467/88, y enmarcado en el Convenio Colectivo de
Empresa suscripto el día 10 de noviembre de 2015 en el marco del
Expediente Nro. 1705150/2015, las partes en forma complementaria han
arribado al siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Las partes establecen una contribución patronal extraordinaria
por única vez, de conformidad con el art. 9 de la Ley 23.551 y art. 4°
del Decreto 467/88 a favor de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES
DE LUZ Y FUERZA (F.A.T.L.y.F.), conforme las siguientes clausulas y
condiciones.
1) La EMPRESA contribuirá a la F.A.T.L.y.F. con la suma total y única
de Pesos Ciento setenta y seis Mil ($176.000), en concepto de
Contribución Patronal Extraordinaria por única vez.
2) La EMPRESA procederá a depositar dicha Contribución en la Cuenta
Nro. 1070/4 del Banco BST, CBU 3380014930000000107047 de titularidad de
la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA.
3) La F.A.T.L.y.F. se compromete a destinar esos fondos para cumplimentar los siguientes fines:
a. Financiar el objetivo de alcanzar los más altos estándares en la atención de la salud de sus trabajadores afiliados.
b. Planes de educación y capacitación profesional.
c. Planes sociales a sus afiliados, complementarios a los otorgados por la legislación vigente.
SEGUNDO: Se deja expresamente aclarado en los términos del art 6 de la
Ley 14.250 que el presente acuerdo no es alcanzado por la ultractividad
sino que es extraordinario y por única vez.
TERCERO: Las partes se comprometen a realizar todas las gestiones
necesarias para obtener la homologación del presente convenio por el
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Leído y ratificado el presente en todos sus términos, las PARTES firman
al pié en prueba de conformidad, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento, en tres ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto,
uno para cada una de las partes y la restante para su presentación ante
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Expediente N° 1.708.143/16.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los catorce días del mes de
marzo de 2016, siendo las 15.30 horas, comparece espontáneamente ante
mí Licenciada Silvia SUAREZ, Jefa del Departamento de Relaciones
Laborales N° 3 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del
MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por la EMPRESA AGGREKO
ARGENTINA S.R.L. la Dra. Luz María SALOMÓN (DNI. N° 30.833.249), en su
calidad de Apoderada.
Abierto el acto por la Funcionaria Actuante, se concede la palabra al
Sector Empresario, que expresa: Que procede a ratificar en todos y cada
uno de sus términos el Acta Acuerdo celebrado con la FEDERACION
ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA agregado a fs. 3/5,
solicitando a esta Autoridad disponga su homologación. Hace saber que
de autos surge la designación de paritarios y copias de Estatuto Social.
No siendo para más, se da por finalizado el presente acto previa
lectura y ratificación del mismo firmando al pie en señal de
conformidad ante mí que así lo CERTIFICO.