CONVENIOS
Decreto 1345/2016
Aprobación.
Buenos Aires, 30/12/2016
VISTO el Expediente N° 024-99-81778923-0-798 del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros.
24.241 y sus modificatorias y 25.235, y
CONSIDERANDO:
Que por la Cláusula Décimo Segunda del Compromiso Federal de fecha 6 de
diciembre de 1999, ratificado por Ley N° 25.235, se establece que el
Estado Nacional financiará con recursos provenientes de Rentas
Generales los déficits globales de los sistemas previsionales
provinciales no transferidos hasta esa fecha, en función de los
regímenes vigentes, como también aquellos sistemas que arrojen déficit
previsional originados en forma individual.
Que en cumplimiento con dicho Compromiso, con fecha 26 de octubre de
2016 se celebró entre la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
y la PROVINCIA DE CÓRDOBA el Convenio de Reconocimiento de Deuda
protocolizado bajo el N° 61 del Registro del Protocolo de la citada
Administración Nacional.
Que, en el marco de dicho Convenio, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL reconoció adeudar a la PROVINCIA DE CÓRDOBA, la suma
de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES (1.629.344.763), en concepto del
financiamiento del déficit del Sistema Previsional de dicha provincia,
por el período 2010/2011.
Que asimismo, reconoce adeudar a la provincia por el mismo concepto
hasta el 31 de diciembre de 2016, la suma de PESOS TRES MIL
CUATROCIENTOS MILLONES ($3.400.000.000).
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la PROVINCIA DE
CÓRDOBA, acuerdan que del monto reconocido, la suma de PESOS TRES MIL
VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS
SESENTA Y TRES ($3.029.344.763), se utilizará exclusivamente para la
cancelación total de la deuda originada por el Convenio Marco de
préstamo celebrado con motivo de las inundaciones ocurridas en las
Sierras Chicas en el mes de febrero de 2015 y su adenda, aprobado por
el Decreto Provincial N° 261 de fecha 9 de abril de 2015; y el
remanente se utilizará exclusivamente para la cancelación parcial de la
deuda originada por el Programa Federal de Desendeudamiento de las
Provincias Argentinas creado por el Decreto N° 660 de fecha 10 de mayo
de 2010 del Poder Ejecutivo Nacional.
Que asimismo, las partes acordaron la transferencia a la PROVINCIA de la suma de PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES ($1.500.000.000).
Que mediante la CLÁUSULA QUINTA, inciso 3) del citado Convenio de
Reconocimiento de Deuda, se establecen parámetros mediante los cuales
la PROVINCIA se compromete a armonizar su Sistema Previsional y que una
vez verificado el cumplimiento del compromiso asumido por la PROVINCIA,
cuyo plazo máximo es el 31 de diciembre de 2016, se le transferirá la
suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000).
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la PROVINCIA DE
CÓRDOBA nada tienen que reclamarse en concepto del Financiamiento del
Déficit del Sistema Previsional al 31 de diciembre de 2016.
Que por todo lo expuesto, corresponde aprobar el Convenio de
Reconocimiento de Deuda N° 61 entre la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL y la PROVINCIA DE CÓRDOBA suscripto el 26 de octubre
de 2016.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Convenio de Reconocimiento de Deuda N° 61
suscripto entre la PROVINCIA DE CÓRDOBA y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), con fecha 26 de octubre del año 2016, que
como Anexo (IF-2016-05399795-APN-SSC#MT) forma parte integrante del
presente.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto J.
Triaca.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)