PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1593/2016
Modifícase la Distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Buenos Aires, 30/12/2016
VISTO el Expediente Nº S01: 0396511/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA y la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016 distribuido por la
Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que es conveniente propiciar una reestructuración de los créditos de la
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (C.N.E.A.), Organismo
Descentralizado del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, significando una
compensación entre finalidades y funciones.
Que dicha medida tiene como objeto solventar la redeterminación de
precios, en relación a la Construcción del Monoblock V del Proyecto
Construcción y Equipamiento para la Carrera Ingeniería en
Telecomunicaciones, originalmente financiada con aportes de la entonces
COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES (Finalidad y Función 4.2 -
Comunicaciones).
Que resulta necesario, asimismo, modificar los créditos disponibles
pertenecientes al Plan Nacional de Medicina Nuclear, a los efectos de
conformar el patrimonio inicial de las Fundaciones que administrarán
los Centros de Medicina Nuclear sitos en las Provincias de FORMOSA,
ENTRE RÍOS, SANTA CRUZ y RÍO NEGRO, el cual será financiado en su
totalidad con Recursos Propios de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
ATÓMICA (C.N.E.A.).
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO GENERAL DE LA
ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2016, en la parte
correspondiente al Servicio Administrativo Financiero 105 - COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, de acuerdo al detalle obrante en las
Planillas Anexas (IF-2016-05392728-APN-MEM) al presente artículo, que
forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan J. Aranguren.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)