ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 410 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2016
VISTO el Expediente Nº 7642/2016, del Registro de esta ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el Decreto Nº 2.098 de
fecha 03 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, mediante el cual se
homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), la Decisión Administrativa
Nº 1422 de fecha 6 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1422 de fecha 6 de diciembre
de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo
de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que conforme la Decisión Administrativa citada en el párrafo
precedente, se facultó al titular del Directorio de esta Administración
a aprobar la estructura de nivel inferior al primer nivel operativo del
Organismo.
Que para garantizar la continuidad operativa de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES, resulta necesario aprobar la estructura
organizativa de segundo nivel operativo y, asimismo, incorporar,
homologar y reasignar diversos cargos pertenecientes al Organismo en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994
y del artículo 4º de la Decisión Administrativa N° 1422 del 6 de
diciembre de 2016.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I,
la, lb, Ic, Id, le, If (IF-2016-05132647-APN-DGRH#APNAC) y II
(IF-2016-05133014-APN-DGRH#APNAC) forman parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse las Coordinaciones que se detallan de acuerdo
al listado y Acciones que, como Anexos III
(IF-2016-05133401-APN-DGRH#APNAC) y IV (IF-2016-05133807-APN-
DGRH#APNAC), forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, según el detalle
obrante en las Planillas Anexas al presente
(IF-2016-05134549-APN-DGRH#APNAC), que forman parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 4° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior, las que
transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la
fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el
Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto de la Jurisdicción 81 – MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, Organismo Descentralizado 107 – ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — EUGENIO INDALECIO BREARD, Presidente,
Directorio, Administración de Parques Nacionales. — EMILIANO EZCURRA
ESTRADA, Vicepresidente, Directorio, Administración de Parques
Nacionales. — MARIANO FLORENCIO GRONDONA LYNCH, Vocal, Directorio,
Administración de Parques Nacionales. — GERARDO SERGIO BIANCHI, Vocal,
Directorio, Administración de Parques Nacionales. — PABLO FEDERICO
GALLI VILLAFAÑE, Vocal, Directorio, Administración de Parques
Nacionales.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 02/01/2017 N° 100967/16 v. 02/01/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, PlanillaAnexaArt.3).
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")