MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 899 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2016

VISTO el Expediente N° 1.708.793/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al Principal N° 1.708.793/16, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) por la parte gremial y el INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (IERIC) por la parte empleadora, ratificado a fojas 5/6 del Expediente Principal por medio de las Actas que lo integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido el otorgamiento de un incremento salarial al personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1233/11 “E” del cual son signatarias, cuya vigencia opera a partir del día 1° de Marzo de 2016, texto al cual se remite.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el presente, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del texto convencional concertado, se corresponde con la actividad de la empresa firmante, y la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez homologado el acuerdo de referencia, corresponde se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al Expediente N° 1.708.793/16, celebrado entre la UNIÓN DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y el INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (IERIC), ratificado a fojas 5/6 por medio de las Actas que lo integran, del Expediente N° 1.708.793/16, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al Expediente Principal, junto con las Actas de ratificación de fojas 5/6 del Expediente Principal N° 1.708.793/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, remítanse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1233/11 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.708.793/16

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 899/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al expediente principal y a fojas 5/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1593/16. — Lic. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO IERIC - UTEDYC

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de abril de 2016, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) representada por Carlos BONJOUR, en su carácter de Secretario General, Gustavo PADIN, Secretario Gremial Nacional, Marcel CARRETERO y Marcelo ORLANDO, Secretario General Seccional Buenos Aires, y por la otra parte, el INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION (IERIC) representada por su Gerente Ejecutivo Lic. Esteban MASSARINI y su apoderado Juan José CANEDO, quienes acuerdan lo siguiente en el marco del CCT 1233/11 “E”:

Primero: Otorgar a partir del 1 de marzo de 2016 un incremento del 22% sobre las remuneraciones convencionales. Los mismos se abonaran conforme detalle que obra en el ANEXO I, el cual forma parte integrante de este acuerdo.
Segundo: Este acuerdo cobra vigencia a partir del día de la fecha con el compromiso del empleador liquidar y hacer efectivo el incremento pactado, con los haberes de abril de 2016, y con independencia de la fecha en que se dicte el acto administrativo de homologación por parte de la autoridad laboral correspondiente.
Tercero: Las partes se comprometen a reunirse durante la primera semana del mes de septiembre para analizar los salarios en función de lo acontecido en el año calendario.
En el día y lugar antes indicado, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y dos para presentar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

ANEXO I - ACUERDO IERIC - UTEDYC





Expediente N° 1.708.793/16

En la Ciudad de Buenos Aires a los días del mes de Junio 2016, siendo las 15 hs, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por ante mí Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales n° 3, los señores Carlos BONJOUR, Gustavo PADIN, y Marcel CARRETERO, en representación de la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante y cedida la palabra a los comparecientes, manifiestan: Que vienen por este acto a fin de ratificar el acuerdo alcanzado en forma directa, obrante a fojas 2/3, del expediente n° 1.717.892/16, agregado como fojas 4 reiterando su solicitud de homologación.

En este estado, el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que los presentes actuados, serán elevados a la Superioridad a los fines del control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.

Con lo que se dio por terminado el acto, firmando de conformidad por ante mí, para constancia.

Expediente N° 1.708.793/16

En la Ciudad de Buenos Aires a los 6 días del mes de Julio 2016, siendo las 14 hs, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por ante mí Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales n° 3, el Sr. Lic. Esteban MASSARINI con DNI 8.352.873, en su carácter de Apoderado del INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA CONSTRUCCION (IERIC).

Declarado abierto el acto por el Funcionarlo Actuante y cedida la palabra al compareciente, manifiesta: Que viene por este acto a fin de ratificar el acuerdo alcanzado en forma directa, obrante a fojas 2/3 del expediente n° 1.717.892/16 agregado como fojas 4, reiterando su solicitud de homologación.

En este estado, el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que los presentes actuados, serán elevados a la Superioridad a los fines del control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.

Con lo que se dio por terminado el acto, firmando de conformidad por ante mí, para constancia.