MINISTERIO DE TURISMO
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Disposición 255 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2016
VISTO el Expediente Nº EX - 2016 - 04281954 - APN - DDYME#MTU, las
normas establecidas por el Art. 24 Inc. b) de la Ley Nº 25.997 y el
Decreto Nº 1297/2006, arts. 23 y 24 del Anexo I y Resoluciones ST Nº
877/94 y Nº 1511/05, y
CONSIDERANDO:
Que el art. 24 de la Ley de Presupuesto N° 27.341, B.O. 21/12/2016,
sustituyó el art. 24 inc. b) de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997
por el siguiente: “b) El producto del siete por ciento (7%) del precio
de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al
exterior, conforme lo determine la reglamentación, vendidos o emitidos
en el país y los vendidos o emitidos en el exterior para residentes
argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional”.
Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5º del Anexo I de la
Resolución ST Nº 877/94 este MINISTERIO DE TURISMO establece el
cronograma anual de depósito y presentación de las Declaraciones
Juradas del impuesto sobre el valor de los pasajes aéreos al exterior
en el que se determinan las oportunidades en que los agentes de
percepción deben liquidar y efectuar el depósito de los montos
correspondientes.
Que con la modificación de la Ley Nacional de Turismo el artículo 5° de
la citada resolución ha quedado derogado en lo atinente al porcentaje a
percibir del pasajero en concepto de impuesto sobre el precio de los
pasajes al exterior.
Que es necesario establecer el calendario que regirá durante el año
2017 teniendo en cuenta el de rendición y pago que rige para las
operaciones de venta entre las Compañías Aéreas y sus Agentes, de
conformidad con el cronograma efectuado por BSP -IATA.
Que la Resolución S T Nº 1511/05 de este MINISTERIO DE TURISMO
establece la obligación por parte de los agentes de percepción del
impuesto de la presentación de Certificaciones Contables en forma
trimestral, por lo que se estima conveniente fijar las fechas de
vencimiento de cada obligación para el año 2017.
Que la COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN IMPUESTO PASAJES EXTERIOR y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN han tomado la intervención que les
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, la Ley Nacional de Turismo N° 25.997, el artículo 35,
inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº
24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007
y sus modificatorios y el Decreto N° 911 de fecha 4 de agosto de 2016.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2017,
determinando las fechas en que los agentes de percepción del impuesto
del 7 % (siete por ciento) sobre el valor de los pasajes aéreos al
exterior en vuelos regulares de pasajeros deberán presentar las
Declaraciones Juradas y depositar los montos correspondientes, de
acuerdo al Anexo I (IF-2016-04981182-APN-DGA#MTU) que forma parte de la
presente.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2017 a
los fines de la presentación de las Certificaciones Contables
trimestrales, en el que se han determinado las fechas del vencimiento
de cada obligación, de acuerdo al Anexo I
(IF-2016-04981182-APN-DGA#MTU) que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — SEBASTIÁN ARIEL SLOBAYEN,
Subsecretario, Subsecretaría de Coordinación, Ministerio de Turismo.
ANEXO I
CALENDARIO 2017 DE PRESENTACION Y DEPOSITO DE LAS DECLARACIONES JURADAS
DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES AEREOS AL EXTERIOR
QUINCENAS 2017 |
PERIODO A LIQUIDAR |
FECHA DE DEPOSITO |
CERTIFICACION CONTABLE |
DESDE |
HASTA |
1RA. ENERO |
01/01/2017 |
15/01/2017 |
01/02/2017 |
|
2DA. ENERO |
16/01/2017 |
29/01/2017 |
15/02/2017 |
|
1RA. FEBRERO |
30/01/2017 |
12/02/2017 |
03/03/2017 |
|
2DA. FEBRERO |
13/02/2017 |
26/02/2017 |
15/03/2017 |
|
1RA. MARZO |
27/02/2017 |
12/03/2017 |
30/03/2017 |
|
2DA. MARZO |
13/03/2017 |
02/04/2017 |
21/04/2017 |
30/06/2017 |
1RA. ABRIL |
03/04/2017 |
16/04/2017 |
04/05/2017 |
|
2DA. ABRIL |
17/04/2017 |
30/04/2017 |
17/05/2017 |
|
1RA. MAYO |
01/05/2017 |
14/05/2017 |
01/06/2017 |
|
2DA. MAYO |
15/05/2017 |
28/05/2017 |
14/06/2017 |
|
1RA. JUNIO |
29/05/2017 |
18/06/2017 |
05/07/2017 |
|
2DA. JUNIO |
19/06/2017 |
02/07/2017 |
19/07/2017 |
25/09/2017 |
1RA. JULIO |
03/07/2017 |
16/07/2017 |
02/08/2017 |
|
2DA. JULIO |
17/07/2017 |
30/07/2017 |
16/08/2017 |
|
1RA. AGOSTO |
31/07/2017 |
13/08/2017 |
31/08/2017 |
|
2DA. AGOSTO |
14/08/2017 |
27/08/2017 |
13/09/2017 |
|
1RA. SEPTIEMBRE |
28/08/2017 |
10/09/2017 |
27/09/2017 |
|
2DA. SEPTIEMBRE |
11/09/2017 |
24/09/2017 |
12/10/2017 |
20/12/2017 |
1RA. OCTUBRE |
25/09/2017 |
15/10/2017 |
01/11/2017 |
|
2DA. OCTUBRE |
16/10/2017 |
29/10/2017 |
16/11/2017 |
|
1RA. NOVIEMBRE |
30/10/2017 |
12/11/2017 |
30/11/2017 |
|
2DA. NOVIEMBRE |
13/11/2017 |
03/12/2017 |
20/12/2017 |
|
1RA. DICIEMBRE |
04/12/2017 |
17/12/2017 |
13/01/2018 |
|
2DA. DICIEMBRE |
18/12/2017 |
31/12/2017 |
20/01/2018 |
28/03/2018 |
IF-2016-04981182-APN-DGA#MTU
e. 04/01/2017 N° 192/17 v. 04/01/2017