Resolución 1109 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2016
VISTO el Expediente N° 1.744.891/2016 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 25.191, 26.727 y
27.341, el Decreto N° 1014 de fecha 13 de Setiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de
derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de
todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de
la entidades empresarias y sindicales de la actividad.
Que mediante los artículos 106 y 107 de la ley N° 26.727 se dispuso la
absorción de las funciones y atribuciones del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— por parte del REGISTRO
NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS —RENATEA— ente
autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Que por el Decreto N° 1014/2016 se declaró la reorganización
institucional del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES
AGRARIOS -RENATEA- y el restablecimiento del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES –RENATRE, en cumplimiento de la
manda judicial recaída in re “Registro Nacional de Trabajadores Rurales
y Empleadores c/Poder Ejecutivo Nacional y otro s/acción de amparo”,
sentencia de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION de fecha 24 de
Noviembre de 2015.
Que por el artículo 61 de la Ley N° 27.341, se derogaron los artículos
106 y 107 de la Ley 26.727, y se dispuso el restablecimiento de la
vigencia de la ley 25.191 en su redacción original junto con la
normativa reglamentaria a partir del 1° de enero de 2017.
Que conforme lo establece el Capítulo II, artículos 8º y 9º de la ley
citada en último término, la Dirección y Administración del REGISTRO
NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), será llevada
a cabo por un Directorio, integrado por CUATRO (4) Directores Titulares
y cuatro Suplentes en representación de entidades empresarias de la
actividad y, CUATRO (4) Directores Titulares y CUATRO (4) Suplentes
provenientes de la Asociación de Trabajadores Rurales con personería
gremial con mayor representación nacional de la actividad,
correspondiendo a las mencionadas entidades la designación de los
mismos, como así también la designación de quien desempeñará la primera
presidencia del RENATRE, en la primera sesión del nuevo Organismo,
siendo en este caso, un representante de la entidad sindical. El
mandato de los directores durará cuatro (4) años, pudiendo ser
reelegidos.
Que en virtud de lo expuesto, por el expediente citado en el Visto el
Delegado Normalizador del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y
EMPLEADORES (RENATRE) solicitó la constitución del ente de conformidad
a los Estatutos vigentes al 23 de enero de 2012 y se formularon las
propuestas de designación de las autoridades por parte de la
representación gremial y empresarial.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley N° 25.191.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Declarar constituido el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) a partir del 1° de enero de 2017.
ARTÍCULO 2° — Reconocer a las Autoridades del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) designadas por la parte
gremial y empresarial a saber: en representación de la UNIÓN ARGENTINA
DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) los Directores Titulares:
Gerónimo VENEGAS (DNI. Nº 5.379.269); Ernesto Ramón AYALA (DNI Nº
8.366.000); Oscar Ramón CERIOTTI (DNI Nº 4.690.730); Roberto Pedro
PETROCHI (DNI Nº 11.858.352) y los Directores Suplentes: Claudia
Carolina LLANOS (DNI. Nº 22.805.363); Juan Carlos CASTRO (DNI Nº
6.658.142); Clemente Manuel IRIARTE (DNI Nº 13.039.764); Reynaldo
Alberto BARRA (DNI Nº 12.049.974); en representación del Empresariado,
los Directores Titulares: Abel Francisco GUERRIERI (DNI Nº 10.668.726)
designado por la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA; Alfonso Carlos MÁCULUS (DNI
Nº 8.129.184) designado por CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS; Orlando
MARINO (DNI Nº 14.174.720) designado por la FEDERACIÓN AGRARIA
ARGENTINA y Marco Antonio GIRAUDO (DNI Nº 12.037.217) designado por la
CONFEDERACIÓN INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA LIMITADA; y los Directores
Suplentes: Alberto Francisco FROLA (DNI Nº 7.603.932) designado por
CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS; Agustín PIZZICHIN (DNI Nº
8.633.111) designado por la FEDERACIÓN AGRARIA ARGENTINA; Roberto BUSER
(DNI Nº 8.546.549) designado por la CONFEDERACIÓN INTERCOOPERATIVA
AGROPECUARIA LIMITADA y Santos ZUBERBUHLER (DNI N° 20.619.984)
designado por la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALBERTO JORGE TRIACA,
Ministro, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
e. 06/01/2017 N° 431/17 v. 06/01/2017