MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 8 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2017

VISTO: el Expediente N° 2016-02183890-APN-DGFI#MM, el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de fecha 29 de marzo de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria, los Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 y la Resolución del Ministerio de Modernización N° 57 de fecha 14 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto es contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionales argentinos realicen programas de maestrías en universidades prestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor haya celebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2 “Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos argentinos empleados en empresas e Instituciones científicas y tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y alta especialización en el exterior.

Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con el punto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, estará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa, constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante la tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultados y gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR, facultando al señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su carácter de titular de la misma a conformar los Comités Asesores y/o Comités Evaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados por representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de instituciones de reconocido prestigio.

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios y sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que, con el dictado del Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 se creó la estructura organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre ellas la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y sus unidades dependientes, encontrándose en dicha órbita la Dirección General de Financiamiento Internacional.

Que, a través de la Resolución N° 57/MMOD/2016, se ha creado la estructura organizativa dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, encontrándose dentro de la órbita de la Dirección General de Financiamiento Internacional, la Dirección del Programa BEC.AR, que posee entre sus competencias la de “Establecer el cronograma de actividades, aprobar las bases y condiciones, definir el perfil de los potenciales beneficiarios y efectuar el llamado a CONVOCATORIAS PUBLICAS Y ABIERTAS con el fin de cumplir con los objetivos del PROGRAMA; Conformar los Comités Asesores y/o Comités Evaluadores ad hoc, según corresponda, integrados por representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, del PROGRAMA BEC.AR y representantes de instituciones de reconocido prestigio, que actuarán como evaluadores en los procesos de selección de los potenciales postulantes a las becas en los casos que así lo requieran los convenios contraídos; Procesar la información que le aporten las áreas de la UNIDAD EJECUTORA para el control de gestión en orden al cumplimiento de sus objetivos y ponderación de sus resultados.”.

Que, este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN con fecha 03 de agosto de 2016, ha suscripto con la UNIVERSIDAD DE SOGANG un Acuerdo de establecimiento de un programa de becas de maestrías para profesionales argentinos, definiendo a través de su cláusula primera los objetivos que llevan a celebrar el citado acuerdo, a saber: “posibilitar el desarrollo de un programa de becas para la formación en Ciencia y Tecnología, destinadas a profesionales argentinos bajo la modalidad de Maestría en la UNIVERSIDAD DE SOGANG ubicada en Seúl, República de Corea; regular las actividades a desarrollar, los compromisos de LAS PARTES y todos aquellos procedimientos administrativos y financieros necesarios para la adecuada y oportuna implementación de las movilidades académicas para Maestrías de los becarios argentinos en la UNIVERSIDAD DE SOGANG; formar una serie de profesionales especializados en el dominio de la ciencia y la tecnología a fin de que contribuyan al crecimiento productivo de la Argentina en áreas estratégicas para el desarrollo sustentable del país; favorecer la reinserción de los profesionales en Argentina a través de una mayor especialización; alentar las relaciones bilaterales y la integración de redes internacionales de cooperación; Los becarios formarán parte del Programa BEC.AR “Becas de Formación en el Exterior en Ciencia y Tecnología” del Gobierno Argentino que ofrece becas en diferentes países”.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeción al llamado a Convocatoria y a las Bases y Condiciones de la misma, en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes presentadas según dan cuenta las Actas de fechas 17 y 22 de noviembre de 2016, y 1 y 5 de diciembre de 2016.

Que, asimismo, el Comité Evaluador, con los antecedentes que se acompañan de la presente Convocatoria, procedió a realizar la evaluación final con fecha 7 de diciembre de 2016 y, asimismo, seleccionó a TRES (3) beneficiarios conforme a los procedimientos establecidos en las Bases del llamado a la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestrías en Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017).

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevado adelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en el Anexo I (IF-2016-04999312- APN-DGFI#MM), en el marco de la referida Convocatoria.

Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existencia de créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a las erogaciones que demande el dictado de la presente medida.

En este sentido, el Área de Contabilidad-Finanzas y el Área Legal del Programa BEC.AR presentaron como adjunto el presupuesto estimativo para la presente convocatoria en referencia.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestrías en Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017) en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestrías en Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017) que, como Anexos I (IF-2016-04999312-APN-DGFI#MM) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las Becas de Maestrías en Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017) a las personas consignadas en el Anexo I (IF-2016-04999312-APN-DGFI#MM) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de las becas a las personas, que como Anexo II (IF-2016-04999249-APN-DGFI#MM), forma parte integrante de la presente medida y delégase en la Directora del PROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS HORACIO IBARRA, Ministro, Ministerio de Modernización.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/01/2017 N° 1549/17 v. 11/01/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII).