Resolución 8 - E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2017
VISTO: el Expediente N° 2016-02183890-APN-DGFI#MM, el Contrato de
Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de
fecha 29 de marzo de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria, los
Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 151 de fecha 17 de
diciembre de 2015, N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 y la Resolución
del Ministerio de Modernización N° 57 de fecha 14 de abril de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en
Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto es
contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del
mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas
científicas y tecnológicas.
Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en ciencia
y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico
para que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionales
argentinos realicen programas de maestrías en universidades
prestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor haya
celebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2
“Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología”
tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un
estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos
argentinos empleados en empresas e Instituciones científicas y
tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y
alta especialización en el exterior.
Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con el
punto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, estará a
cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex
SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa,
constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante la
tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultados
y gestión financiera y de adquisiciones.
Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 de
fecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria crea el “PROGRAMA BEC.AR
BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse
en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, asimismo, por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DEL
PROGRAMA BEC.AR, facultando al señor Subsecretario de Gestión y Empleo
Público de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su carácter
de titular de la misma a conformar los Comités Asesores y/o Comités
Evaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados por
representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
PRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de instituciones
de reconocido prestigio.
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
modificó la Ley de Ministerios y sus modificatorias, creándose, entre
otros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que, con el dictado del Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015
se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas
dependientes desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a
la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 se creó la estructura
organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre ellas la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y sus unidades
dependientes, encontrándose en dicha órbita la Dirección General de
Financiamiento Internacional.
Que, a través de la Resolución N° 57/MMOD/2016, se ha creado la
estructura organizativa dependiente de la Subsecretaría de Coordinación
Administrativa, encontrándose dentro de la órbita de la Dirección
General de Financiamiento Internacional, la Dirección del Programa
BEC.AR, que posee entre sus competencias la de “Establecer el
cronograma de actividades, aprobar las bases y condiciones, definir el
perfil de los potenciales beneficiarios y efectuar el llamado a
CONVOCATORIAS PUBLICAS Y ABIERTAS con el fin de cumplir con los
objetivos del PROGRAMA; Conformar los Comités Asesores y/o Comités
Evaluadores ad hoc, según corresponda, integrados por representantes
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, del
PROGRAMA BEC.AR y representantes de instituciones de reconocido
prestigio, que actuarán como evaluadores en los procesos de selección
de los potenciales postulantes a las becas en los casos que así lo
requieran los convenios contraídos; Procesar la información que le
aporten las áreas de la UNIDAD EJECUTORA para el control de gestión en
orden al cumplimiento de sus objetivos y ponderación de sus
resultados.”.
Que, este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN con fecha 03 de agosto de 2016,
ha suscripto con la UNIVERSIDAD DE SOGANG un Acuerdo de establecimiento
de un programa de becas de maestrías para profesionales argentinos,
definiendo a través de su cláusula primera los objetivos que llevan a
celebrar el citado acuerdo, a saber: “posibilitar el desarrollo de un
programa de becas para la formación en Ciencia y Tecnología, destinadas
a profesionales argentinos bajo la modalidad de Maestría en la
UNIVERSIDAD DE SOGANG ubicada en Seúl, República de Corea; regular las
actividades a desarrollar, los compromisos de LAS PARTES y todos
aquellos procedimientos administrativos y financieros necesarios para
la adecuada y oportuna implementación de las movilidades académicas
para Maestrías de los becarios argentinos en la UNIVERSIDAD DE SOGANG;
formar una serie de profesionales especializados en el dominio de la
ciencia y la tecnología a fin de que contribuyan al crecimiento
productivo de la Argentina en áreas estratégicas para el desarrollo
sustentable del país; favorecer la reinserción de los profesionales en
Argentina a través de una mayor especialización; alentar las relaciones
bilaterales y la integración de redes internacionales de cooperación;
Los becarios formarán parte del Programa BEC.AR “Becas de Formación en
el Exterior en Ciencia y Tecnología” del Gobierno Argentino que ofrece
becas en diferentes países”.
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeción
al llamado a Convocatoria y a las Bases y Condiciones de la misma, en
el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.
Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes
presentadas según dan cuenta las Actas de fechas 17 y 22 de noviembre
de 2016, y 1 y 5 de diciembre de 2016.
Que, asimismo, el Comité Evaluador, con los antecedentes que se
acompañan de la presente Convocatoria, procedió a realizar la
evaluación final con fecha 7 de diciembre de 2016 y, asimismo,
seleccionó a TRES (3) beneficiarios conforme a los procedimientos
establecidos en las Bases del llamado a la Convocatoria para la
presentación de solicitudes de Becas de Maestrías en Ingeniería y
Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad de
SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017).
Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevado
adelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID).
Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en
el Anexo I (IF-2016-04999312- APN-DGFI#MM), en el marco de la referida
Convocatoria.
Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existencia
de créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a las
erogaciones que demande el dictado de la presente medida.
En este sentido, el Área de Contabilidad-Finanzas y el Área Legal del
Programa BEC.AR presentaron como adjunto el presupuesto estimativo para
la presente convocatoria en referencia.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité
Evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de la
Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestrías
en Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la
Universidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG
2017) en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL
EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.
ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de la
Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestrías
en Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la
Universidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG
2017) que, como Anexos I (IF-2016-04999312-APN-DGFI#MM) forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las Becas de Maestrías en Ingeniería y
Ciencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad de
SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017) a las
personas consignadas en el Anexo I (IF-2016-04999312-APN-DGFI#MM) que
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará el
beneficio de las becas a las personas, que como Anexo II
(IF-2016-04999249-APN-DGFI#MM), forma parte integrante de la presente
medida y delégase en la Directora del PROGRAMA BEC.AR la firma de los
mismos.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS HORACIO IBARRA, Ministro,
Ministerio de Modernización.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/01/2017 N° 1549/17 v. 11/01/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII).