PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 1/2017
Buenos Aires, 11/01/2017
VISTO lo informado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación y;
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Prefectura Naval Argentina en su calidad de
policía de seguridad de la navegación ser órgano de aplicación en el
orden técnico de los convenios internacionales sobre seguridad de la
navegación y de los bienes y la vida humana en el mar.
Que desde la entrada en vigor de la Ordenanza Marítima N° 9/98 (DPSN)
del Tomo 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “MEDIOS DE REMOLQUE DE
EMERGENCIA EN LOS BUQUES TANQUE” que recepta las prescripciones de la
regla 11-1/3-4 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida
Humana en el Mar, aprobado por la Ley 22.097, dicha regla ha sido
enmendada mediante las Resoluciones MSC. 132(75) y MSC.256 (84)
adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización
Marítima Internacional.
Que es necesario actualizar la normativa nacional existente a fin de incorporar las disposiciones internacionales en la materia.
Que el órgano jurídico competente ha tomado la correspondiente intervención.
Que la Prefectura Naval Argentina se halla facultada para dictar el
correspondiente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 5°, inciso a), apartado 2 de la Ley N° 18.398.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la Ordenanza N° 1-17 (DPSN) del Tomo 1 “RÉGIMEN
TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “PROCEDIMIENTOS Y MEDIOS DE REMOLQUE DE
EMERGENCIA”, con su Agregado N° 1.
ARTÍCULO 2° — La presente Ordenanza entrará en vigor una vez cumplidos
los TREINTA (30) días computados desde el siguiente al de la fecha
consignada en el encabezamiento.
ARTÍCULO 3° — Derógase la Ordenanza N° 9/98 (DPSN) del Tomo 1 “RÉGIMEN
TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “MEDIOS DE REMOLQUE DE EMERGENCIA EN LOS
BUQUES TANQUE”.
ARTÍCULO 4° — Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO se procederá a la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, impresión,
distribución y difusión en el Sitio INTERNET e INTRANET como Ordenanza
N° 1-17 (DPSN), incorporándose al Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”.
Posteriormente, corresponderá su archivo en el Departamento
Organización y Desarrollo. — Eduardo Rene Scarzello, Prefecto General,
Prefecto Nacional Naval. — Martín Pablo Ruiz, Prefecto General,
Director de Policía de Seguridad de la Navegación, E/A Director de
Planeamiento. — Luis Alberto Zecchin, Prefecto General, Director
General de Planeamiento y Desarrollo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.prefecturanaval.gov.ar
e. 16/01/2017 N° 2008/17 v. 16/01/2017