MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 886 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2016
VISTO el Expediente Nº 1.706.831/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA)
por el sector sindical y la empresa CASINO DE BUENOS AIRES SOCIEDAD
ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/11 del
Expediente Nº 1.706.831/16 y ha sido ratificado a fojas 25, 26 y 27 de
las mismas actuaciones.
Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas pactaron una recomposición
salarial, en los términos y conforme los lineamientos que surgen del
mismo, respecto del personal de DIVISIÓN LA SOLIDARIA comprendidos en
el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 802/06 “E”.
Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado por
las mismas partes individualizadas en el párrafo precedente y
debidamente homologado a través de Resolución Ss.R.L. Nº 119, de fecha
20 de septiembre de 2006.
Que conforme Artículo 45 del mentado plexo convencional se resuelve
dejar sin efecto el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 428/00
“E” que regía las relaciones laborales de los dependientes del
emprendimiento de LOTERÍA LA SOLIDARIA, para encuadrar la relación
laboral en los términos del nuevo cuerpo convencional, resultando el
mismo en consecuencia de aplicación al personal que se desempeñe en la
DIVISIÓN LOTERÍA LA SOLIDARIA.
Que surge claramente que las partes se encuentran legitimadas para
alcanzar el acuerdo cuya homologación se solicita, a través del cual se
establecen las nuevas condiciones económicas para el personal DIVISIÓN
LA SOLIDARIA.
Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del
acuerdo, se establece para los trabajadores representados por la
entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 802/06 “E”, que se desempeñe en la DIVISIÓN
LOTERÍA SOLIDARIA laborando para la empresa CASINO DE BUENOS AIRES
SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que en definitiva el ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe
a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las
partes celebrantes.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio
deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la
correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA)
por el sector sindical y la empresa CASINO DE BUENOS AIRES SOCIEDAD
ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/11 del
Expediente Nº 1.706.831/16, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/11 del
Expediente Nº 1.706.831/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 802/06 “E”.
ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
de los acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
Expediente N° 1.706.831/16
Buenos Aires, 05 de enero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 886/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/11 del expediente de
referencia; quedando registrado bajo el número 14/17. — Jorge Alejandro
Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)