MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 886 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2016

VISTO el Expediente Nº 1.706.831/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) por el sector sindical y la empresa CASINO DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/11 del Expediente Nº 1.706.831/16 y ha sido ratificado a fojas 25, 26 y 27 de las mismas actuaciones.

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas pactaron una recomposición salarial, en los términos y conforme los lineamientos que surgen del mismo, respecto del personal de DIVISIÓN LA SOLIDARIA comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 802/06 “E”.

Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado por las mismas partes individualizadas en el párrafo precedente y debidamente homologado a través de Resolución Ss.R.L. Nº 119, de fecha 20 de septiembre de 2006.

Que conforme Artículo 45 del mentado plexo convencional se resuelve dejar sin efecto el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 428/00 “E” que regía las relaciones laborales de los dependientes del emprendimiento de LOTERÍA LA SOLIDARIA, para encuadrar la relación laboral en los términos del nuevo cuerpo convencional, resultando el mismo en consecuencia de aplicación al personal que se desempeñe en la DIVISIÓN LOTERÍA LA SOLIDARIA.

Que surge claramente que las partes se encuentran legitimadas para alcanzar el acuerdo cuya homologación se solicita, a través del cual se establecen las nuevas condiciones económicas para el personal DIVISIÓN LA SOLIDARIA.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 802/06 “E”, que se desempeñe en la DIVISIÓN LOTERÍA SOLIDARIA laborando para la empresa CASINO DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que en definitiva el ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) por el sector sindical y la empresa CASINO DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/11 del Expediente Nº 1.706.831/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/11 del Expediente Nº 1.706.831/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 802/06 “E”.

ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.

Expediente N° 1.706.831/16

Buenos Aires, 05 de enero de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 886/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/11 del expediente de referencia; quedando registrado bajo el número 14/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)