Tesorería General de la Nación

DEUDA PÚBLICA

Disposición 3 - E/2017

Emisión de Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses. Ampliación.

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-00836538-APN-DMEYN#MH del registro del MINISTERIO DE HACIENDA, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones y la Disposición N° 1-E/2017 de fecha 10 de Enero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, a emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.

Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión y colocación de las Letras del Tesoro.

Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio se considera conveniente proceder a la ampliación y llamado a licitación pública de las Letras del Tesoro con vencimiento 17 de Abril de 2017 y 17 de Julio de 2017, originalmente emitidas por los Artículos 1° y 2° de la Disposición N° 1-E/2017 de fecha 10 de Enero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y su modificatoria.

Que las emisiones que se disponen están contenidas dentro del límite que al respecto establece el Artículo 36 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión y colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que devenguen, deberán ser imputados a los créditos previstos en la Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA.

Que ha tomado intervención el Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.

Que el Servicio Jurídico competente ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 82 de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Amplíase, con fecha 30 de enero de 2017, la emisión de las Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 17 de abril de 2017, originalmente emitidas por el Artículo 1° de la Disposición N° 1-E/2017 de fecha 10 de enero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y su modificatoria, por un monto de hasta VALOR NOMINAL DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL QUINIENTOS MILLONES (U$S VN 1.500.000.000).

ARTÍCULO 2° — Amplíase, con fecha 30 de enero de 2017, la emisión de las Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 17 de julio de 2017, originalmente emitidas por el Artículo 2° de la Disposición N° 1-E/2017 de fecha 10 de enero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y su modificatoria, por un monto de hasta VALOR NOMINAL DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (U$S VN 500.000.000).

ARTÍCULO 3° — Los instrumentos mencionados en los Artículos 1° y 2° de la presente disposición tendrán las mismas condiciones financieras previstas en el Artículo 3° de la Disposición N° 1-E/2017 de fecha 10 de enero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con las siguientes características de colocación:

MONEDA DE SUSCRIPCIÓN: Para el caso que la moneda de suscripción sea pesos se utilizará el tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 BCRA correspondiente al día 25 de enero de 2017.

PRECIO DE SUSCRIPCIÓN C/VN U$S 1.000: DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 71/100 (U$S 993,71) para las Letras del Tesoro a un plazo remanente de SETENTA Y SIETE (77) días y DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 4/100 (U$S 985,04) para las Letras del Tesoro a un plazo remanente de CIENTO SESENTA Y OCHO (168) días.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Horacio Domper.