DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
Disposición 9 - E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2017
VISTO el Expediente Nº S02:0104070/2016 del registro de este
Ministerio, el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional
aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de
agosto de 1983) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el anteproyecto de
subdivisión del circuito electoral 339 del Municipio de Pinamar,
Sección Electoral 90 Pinamar, y consecuente creación de los circuitos
electorales 339 A - Ostende -, 339 B - Valeria del Mar - y 339 C -
Cariló en el distrito Buenos Aires- elaborado por el Juzgado Federal
con Competencia Electoral de la Provincia de Buenos Aires en el marco
del Expediente “S” 11/2016 caratulado “Registro Nacional de Divisiones
Electorales - Intendente de la Ciudad de Pinamar s/solicitud de
subdivisión del circuito electoral 0339”.
Que en los presentes actuados obran los antecedentes constitutivos de
la propuesta en trámite, más la detallada descripción de los límites
territoriales resultantes de las demarcaciones propuestas.
Que, además, consta Resolución de la Cámara Nacional Electoral donde se
aprueba la iniciativa y dispone el traslado de las actuaciones
judiciales para su tratamiento en esta Cartera de Estado.
Que corresponde a esta instancia, una vez recibido el anteproyecto,
notificar el inicio de las actuaciones a las agrupaciones políticas
registradas en el distrito de que se trata y producir informe técnico
descriptivo de la demarcación propuesta, notificar la parte pertinente
del mismo a los partidos políticos inscriptos en el distrito y
remitirla para su publicación en el Boletín Oficial durante DOS (2)
días.
Que resulta conveniente abreviar el procedimiento y proceder en un
mismo acto a notificar el inicio de las actuaciones y el extracto del
informe técnico de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral
dependiente de esta Dirección Nacional IF-2016-04448627-APN -DEYCE#MI,
así como disponer la publicación pertinente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida al
suscripto por el Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010 y por el inciso
2 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº
19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus
modificatorias.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Notifíquese el inicio de las actuaciones relacionadas con
el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral 339 del Municipio
de Pinamar, Sección Electoral 90 Pinamar, y la concomitante creación de
los circuitos electorales 339 A – Ostende -, 339 B – Valeria del Mar –
y 339 C – Cariló en el distrito Buenos Aires, elaborado por el Juzgado
Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Buenos Aires en el
marco del Expediente “S” 11/2016 caratulado “Registro Nacional de
Divisiones Electorales – Intendente de la Ciudad de Pinamar s/solicitud
de subdivisión del circuito electoral 0339”.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el extracto del Informe Técnico
IF-2016-04448627-APN -DEYCE#MI, el que como Anexo l, forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el
distrito electoral Buenos Aires, del Anexo l de la presente.
ARTÍCULO 4° — Requiérase del Juzgado Federal con Competencia Electoral
de la Provincia de Buenos Aires, se cursen las notificaciones
dispuestas en los artículos 1º y 3º de la presente.
ARTÍCULO 5° — La presente Disposición deberá ser publicada en el
Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de DOS (2) días.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Fernando Diego Álvarez.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 27/01/2017 N° 4177/17 v. 30/01/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)