INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 183/2016
Buenos Aires, 21/12/2016
VISTO el Expediente N° 139 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA
MÚSICA, la Ley N° 26.801, la Ley N° 25.326, la Resolución N°
08/15/INAMU y su modificatoria, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que por el artículo 24 de la Ley N° 26.801 se crea el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales.
Que sin perjuicio de la existencia del registro mencionado y creado por
ley con finalidad específica, se estima pertinente la creación del
Registro de la Actividad Musical, como complementario al ya existente,
con el objeto de ampliar e incluir al universo de actores que
desarrollan las distintas ramas de la actividad musical.
Que el objetivo y la finalidad del Registro de la Actividad Musical que
se crea por la presente Resolución, es obtener información de los
diferentes sectores que conforman la actividad musical nacional, a los
efectos de acceder a una fuente primaria de datos que permita elaborar
un diagnóstico de situación con el fin de optimizar las acciones del
INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, en su carácter de órgano de fomento a
la actividad musical.
Que asimismo, el acceso a esta información facilitará el suministro de
estadísticas oficiales sobre la actividad musical nacional, lo cual va
a permitir conocer acabadamente las necesidades del sector y de esta
manera, elaborar en forma correcta y precisa las políticas públicas
adecuadas para el desarrollo de la actividad musical.
Que el artículo 22 de la Ley N° 25.326 establece que las normas sobre
creación, modificación o supresión de archivos, registros o bancos de
datos pertenecientes a organismos públicos deben hacerse por medio de
disposición general publicada en el Boletín Oficial de la Nación o
diario oficial.
Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales y la Dirección General de Fomento han tomado intervención al respecto.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Crease el “Registro de la Actividad Musical” dependiente
de la Dirección General de Fomento INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, con
la misión de registrar a las personas físicas y jurídicas que integran
las diferentes ramas de la industria y el comercio musical. Este
Registro será voluntario.
ARTÍCULO 2° — Hágase saber que el Registro se hará a través del sitio
web del Instituto Nacional de la Música y que la información
suministrada será almacenada en la base de datos en el servidor de
dicho organismo.
ARTÍCULO 3° — Aclárese que la información suministrada al INAMU será
utilizada exclusivamente a los fines descriptos en el artículo N° 1 de
la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Se anexa el formulario a completar.
ARTÍCULO 5° — -Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diego Boris Macciocco,
Presidente. — Celsa Mel Gowland, Vicepresidente.
ANEXO - SEGÚN ARTÍCULO 4°
e. 30/01/2017 N° 4602/17 v. 30/01/2017