DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Decisión Administrativa 60/2017
Desígnase Director Nacional de Población.
Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2017
VISTO el Expediente Nº S02:0002821/2016 del registro de la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nº 773 del 21
de junio de 2007 y sus modificatorias, Nº 2098 del 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios y Nº 227 del 20 de enero del 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2017.
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de la
cobertura transitoria del cargo de Director Nacional de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE POBLACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 27.341 se estableció que las
jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, sin la
previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que el Decreto Nº 227/16 estableció, entre otros aspectos, que toda
designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta
permanente y transitoria será efectuada por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 773/07 y sus modificatorias se aprobó la
estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del
entonces MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a fin de asegurar el normal
funcionamiento del Organismo, eleva la propuesta para la cobertura
transitoria del cargo, que se encuentra vacante y financiado, de
Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POBLACIÓN, con carácter
de excepción al artículo 7º de la Ley Nº 27.341.
Que por la particular naturaleza de las funciones asignadas a la
mencionada jurisdicción por la Ley N° 17.671, resulta necesario
proceder a la cobertura transitoria del referido cargo.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, cuenta con el crédito necesario en
el presupuesto de la Entidad 200, a fin de atender el gasto resultante
de la designación transitoria que se propicia.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
7º de la Ley Nº 27.341 y 1º del Decreto Nº 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Desígnase transitoriamente, a partir del 11 de agosto de
2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir de la fecha de la presente medida, al Dr. Marcelo Jorge PEREZ
(D.N.I. Nº 11.357.776), en el cargo de Director Nacional de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE POBLACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Nivel
A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por
el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A
establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.341.
ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad
con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA – Entidad 200 DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.