MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Decisión Administrativa 79/2017
Desígnase Director Nacional de Gestión Universitaria.
Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2017
VISTO el Expediente N° 8.407/16 del Registro del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES, la Ley Nº 27.341, el Decreto N° 227 del 20 de
enero de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 495 del 18 de mayo
de 2016 y 791 del 3 de agosto de 2016 y lo solicitado por la citada
Cartera Ministerial, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 27.341 se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes existentes a la fecha de sanción de la misma, en
las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los
que queden vacantes con posterioridad, sin la previa autorización del
Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el artículo 1º del Decreto Nº 227/16 se dispuso que toda
designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de
personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior
de Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta
permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente
a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida
presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales
aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa Nº 495 de fecha 18 de mayo de 2016
se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, homologándose y reasignándose en el
artículo 2º, las Funciones Ejecutivas correspondientes a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.
Que por la Decisión Administrativa Nº 791 de fecha 3 de agosto de 2016
se sustituyeron las Planillas Anexas al artículo 2º de la normativa
mencionada en el anterior considerando, reasignándose a Nivel I la
Función Ejecutiva de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA.
Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Gestión
Universitaria dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN
DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, que en virtud de
la responsabilidad primaria y acciones y la naturaleza de las funciones
resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a
tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.341.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
7º de la Ley Nº 27.341 y 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1º de
julio de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de
Director Nacional de Gestión Universitaria, Nivel A - Grado 0,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES al Doctor Paulo Andrés FALCÓN
(D.N.I. Nº 25.315.578), autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2.098/08, hasta el 2 de agosto de 2016 y
el pago de la Función Ejecutiva Nivel I, a partir del 3 de agosto de
2016, y con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de
la Ley Nº 27.341.
ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098/08,
dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del dictado de este acto.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban José Bullrich.