MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución 3-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2017

VISTO el EX-2017-01091425- APN-ONEP#MM del registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Leyes Nros. 25.164 y 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 13 de fecha 5 de enero 2016, 1327 de fecha 28 de diciembre de 2016 y 1328 de fecha 28 de diciembre de 2016, la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios), incorporándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través del artículo 23 octies, con el propósito, entre otros, de impulsar las políticas de jerarquización del empleo público y su vínculo con las nuevas formas de gestión que requiere un Estado moderno.

Que entre las atribuciones asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentran las de entender en la definición de las políticas de recursos humanos y de intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo Público y como Autoridad de Aplicación e interpretación de las disposiciones de dicho régimen.

Que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, creándose entre otras, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.

Que dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO se encuentran los de planificar y formular las políticas nacionales en materia de recursos humanos, organización del trabajo y su distribución, gestión del empleo público, rendimiento, evaluación y compensación, asistir en la implementación de estrategias y objetivos relacionados con la gestión del cambio y cultura organizacional, propiciando la implementación de las iniciativas de modernización y entender en la sistematización y operación de los procesos de administración de los recursos humanos como son liquidaciones de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud.

Que por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que con la finalidad de normalizar las plantas del Estado Nacional, particularmente aquellas en las que revisten agentes de manera temporaria, se incorporó la Convocatoria Interna como medida de carácter excepcional y transitorio al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que en virtud de ello se considera necesario incorporar y reglamentar la Convocatoria Interna en el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que, respecto a las modificaciones a introducir, se ha expedido favorablemente la COMISION PERMANENTE DE INTERPRETACION Y CARRERA (Co.P.I.C.) del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), mediante Acta Nº 109 de fecha 24 de enero de 2017.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PUBLICO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 13 de fecha 5 de enero 2016 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Incorpórense, al Anexo I de la Resolución de la ex Secretaría de Gestión Pública N° 39/2010 y sus modificatorias, como CLÁUSULAS TRANSITORIAS los siguientes artículos:

“ARTÍCULO 84.- Incorpórase la Convocatoria Interna, dentro de los Tipos de Convocatoria, en la cual podrá inscribirse el personal permanente y no permanente, según los artículos 8° y 9° de la Ley N° 25.164 de la Jurisdicción u Organismo al que pertenezca la vacante a cubrir. Dicha Convocatoria tendrá carácter excepcional y transitorio hasta el 31/12/2018.

ARTÍCULO 85.- Será de aplicación para la cobertura de cargos vacantes de la Planta Permanente que se realicen mediante Convocatoria Interna, el presente Régimen de Selección de Personal a los procesos de selección con las adecuaciones que se establecen seguidamente.

ARTÍCULO 86.- Exceptúase a las Convocatorias Internas de los períodos de convocatorias establecidos en el Artículo 45 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), por resultar la cobertura de dichos cargos imprescindible para el mantenimiento de servicios esenciales en la Administración Pública Nacional. Estas convocatorias internas en todos los casos deberán ser publicadas en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 87.- En caso de declarase desierto un proceso de selección por Convocatoria Interna no podrá realizarse una Convocatoria Complementaria.

ARTÍCULO 88.- En toda Convocatoria interna corresponderá la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en carácter de miembro del respectivo Comité de Selección”.

ARTÍCULO 2° — Dispónese la adecuación de las menciones referidas a la Autoridad de Aplicación en el texto de la Resolución de la ex Secretaría de Gestión Pública N° 39/2010 y sus modificatorias, conforme lo dispuesto por el artículo 23 octies del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 (la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios), incorporándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Martin Legorburu.

e. 07/02/2017 N° 6337/17 v. 07/02/2017