Resolución 92/2017
Buenos Aires, 08/02/2017
VISTO los Expedientes del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
(ENRE) N° 45.630/2016 y ENRE N° 45.631/2016 y las Resoluciones ENRE N°
82 y N° 83 de fecha 6 de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones del Visto en los Artículos 1° a 13°, se
sustituyeron respectivamente, los Anexos I; II; III; IV; V; VI; VII;
VIII; IX; X; XI; XII y XIII de las Resoluciones ENRE N° 63 y N° 64,
ambas de fecha 31 de enero de 2017, por los Anexos I; II, III, IV; V;
VI; VII; VIII; IX; X; XI; XII y XIII de las resoluciones mencionadas en
el Visto y de las cuales forman parte integrante.
Que se advierte que se ha deslizado un error material involuntario en
el escaneo de los Anexos sustituidos producido al momento de su
elevación al Boletín Oficial por vía Intranet para su publicación.
Que dicho error consiste en haber mandado publicar como Anexos I a XIII
de la Resolución ENRE N° 83/2017, dictada para la EMPRESA DISTRIBUIDORA
SUR S.A. (EDESUR S.A.), los valores del costo propio de distribución y
los cuadros tarifarios correspondientes a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y
COMERCIALIZADORA NORTE S.A. (EDENOR S.A.) y, contrariamente, como
Anexos I a XIII de la Resolución ENRE N° 82/2017 dictada para EDENOR
S.A. se publicaron los de la Resolución ENRE N° 83/2017 dictada para
EDESUR S.A.
Que por tal razón, corresponde rectificar el error aludido, en los
términos del Artículo 101 del Decreto N° 1.883/1991 (texto ordenado)
reglamentario de la Ley N° 19.549 y mandar a publicar correctamente,
los respectivos Anexos I a XIII de las Resoluciones ENRE N° 82/2017 y
N° 83/2017.
Que asimismo procede ordenar a las distribuidoras EDENOR S.A. y EDESUR
S.A. la publicación de las Resoluciones ENRE N° 82/2017 y N° 83/2017,
respectivamente.
Que se ha emitido el Dictamen Legal establecido por el Artículo 7
Inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°
19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está
facultado para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 101 del Decreto N° 1.883/1991 (texto ordenado)
reglamentario de la Ley N° 19.549.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Publicar correctamente los Anexos I a XIII inclusive, de
las Resoluciones ENRE N° 82 y N° 83 de fecha 7 de febrero de 2017, que
a tal efecto, se acompañan a la presente.
ARTÍCULO 2° — Ordenar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA
NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.), a fin que dentro del plazo de CINCO (5)
días corridos de notificada la presente Resolución, publiquen en por lo
menos DOS (2) diarios de mayor circulación de su área de concesión y
según corresponda a cada una, las Resoluciones ENRE N° 82/2017 y N°
83/2017, respectivamente.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a EDENOR S.A., a EDESUR S.A. y a las Asociaciones de Defensa del Usuario y/o Consumidor registradas.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Martinez Leone,
Presidente. — Marta I. Roscardi, Vicepresidente. — Ricardo H. Sericano,
Director.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 09/02/2017 N° 7475/17 v. 09/02/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos-Parte1, Anexos-Parte2).