ADMINISTRACIÓNGENERAL DE PUERTOS

Resolución 21/2017

Buenos Aires, 09/02/2017

VISTO el Expediente N° 5219/2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la puesta en funcionamiento de la plataforma e-PuertoBue en abril del 2011 se implementó oportunamente una nueva tabla de sitios de atraque utilizada por este sistema, que empezó a ser utilizada en forma inmediata por la Gerencia de Operaciones y las Terminales Portuarias para la asignación de sitios.

Que a pesar de la implementación de dicho esquema, otros actores siguieron utilizando la vieja tabla de sitios de atraque.

Que esta situación de dos tablas de sitios de atraque vigentes y utilizadas por distintos actores, debe cesar debido a que provoca diferentes exposiciones de la misma información ya sea en asignaciones de sitios de atraque, liquidaciones de servicios portuarios, estadísticas o informes administrativos.

Que es necesario la optimización del entorno administrativo y operativo que rodea al sistema a efectos de obtener de él el mayor rendimiento posible y absoluta confiabilidad tanto para esta Administración como de la comunidad logística que lo utiliza.

Que a tales efectos el ÁREA DE GIRO DE BUQUES de la GERENCIA OPERACIONES y el ÁREA ORGANIZACIÓN Y METODOLOGÍA de la GERENCIA ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS de esa Sociedad del Estado han generado una tabla única de Sitios de Atraque que con carácter de obligatorio deberá ser utilizada por todas las GERENCIAS y ÁREAS de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, como así también por todos los actores que conforman la comunidad logística del Puerto Buenos Aires.

Que también se elaboró una nueva tabla de relaciones entre los sitios de atraque y las secciones del Puerto Buenos Aires, completando de esa forma la propuesta de normalización.

Que la ASESORÍA JURÍDICA y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA han tomado la intervención que les compete.

Que el suscripto, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° de la Ley N° 23.696, por el Estatuto Orgánico aprobado por el Decreto N° 1.456 de fecha 4 de septiembre de 1987, por el Decreto N° 19 de fecha 3 de enero de 2003 y por el Decreto N° 528 de fecha 29 de marzo de 2016, está facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la tabla denominada “Sitios de Atraque Puerto Buenos Aires”, que como Anexo I forma parte de la presente, la que deberá ser utilizada para la asignación de sitios de atraque, liquidación de servicios, estadísticas y toda otra aplicación que requiera los códigos de sitio de atraque.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la tabla denominada “Relaciones Sitios de Atraque y Códigos de Sección”, que como Anexo II forma parte de la presente, la que deberá ser utilizada para la liquidación de servicios, estadísticas y toda otra aplicación que requiera el uso de las relaciones en cuestión.

ARTÍCULO 3° — Regístrese y, por la SECRETARÍA GENERAL, notifíquese a todas las Dependencias, a las TERMINALES PORTUARIAS, al CENTRO DE NAVEGACIÓN y a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, publíquese por el término de un día en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Gonzalo O. Mortola.

Anexo I

Se adjunta la tabla de aplicación

“Sitios de Atraque Puerto Buenos Aires”

Sitios de Atraque Puerto Buenos Aires




Anexo II

Se adjunta la tabla de aplicación

“Sitios de Atraque y Códigos de Sección”

Relaciones Sitios de Atraque y Secciones Puerto Buenos Aires




e. 13/02/2017 N° 7603/17 v. 13/02/2017