Resolución 21/2017
Buenos Aires, 09/02/2017
VISTO el Expediente N° 5219/2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de la puesta en funcionamiento de la plataforma
e-PuertoBue en abril del 2011 se implementó oportunamente una nueva
tabla de sitios de atraque utilizada por este sistema, que empezó a ser
utilizada en forma inmediata por la Gerencia de Operaciones y las
Terminales Portuarias para la asignación de sitios.
Que a pesar de la implementación de dicho esquema, otros actores
siguieron utilizando la vieja tabla de sitios de atraque.
Que esta situación de dos tablas de sitios de atraque vigentes y
utilizadas por distintos actores, debe cesar debido a que provoca
diferentes exposiciones de la misma información ya sea en asignaciones
de sitios de atraque, liquidaciones de servicios portuarios,
estadísticas o informes administrativos.
Que es necesario la optimización del entorno administrativo y operativo
que rodea al sistema a efectos de obtener de él el mayor rendimiento
posible y absoluta confiabilidad tanto para esta Administración como de
la comunidad logística que lo utiliza.
Que a tales efectos el ÁREA DE GIRO DE BUQUES de la GERENCIA
OPERACIONES y el ÁREA ORGANIZACIÓN Y METODOLOGÍA de la GERENCIA
ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS de esa Sociedad del Estado han generado una
tabla única de Sitios de Atraque que con carácter de obligatorio deberá
ser utilizada por todas las GERENCIAS y ÁREAS de la ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, como así también por todos los
actores que conforman la comunidad logística del Puerto Buenos Aires.
Que también se elaboró una nueva tabla de relaciones entre los sitios
de atraque y las secciones del Puerto Buenos Aires, completando de esa
forma la propuesta de normalización.
Que la ASESORÍA JURÍDICA y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA han tomado la
intervención que les compete.
Que el suscripto, en uso de las facultades conferidas por los Artículos
2° y 3° de la Ley N° 23.696, por el Estatuto Orgánico aprobado por el
Decreto N° 1.456 de fecha 4 de septiembre de 1987, por el Decreto N° 19
de fecha 3 de enero de 2003 y por el Decreto N° 528 de fecha 29 de
marzo de 2016, está facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL
ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la tabla denominada “Sitios de Atraque Puerto
Buenos Aires”, que como Anexo I forma parte de la presente, la que
deberá ser utilizada para la asignación de sitios de atraque,
liquidación de servicios, estadísticas y toda otra aplicación que
requiera los códigos de sitio de atraque.
ARTÍCULO 2° — Apruébase la tabla denominada “Relaciones Sitios de
Atraque y Códigos de Sección”, que como Anexo II forma parte de la
presente, la que deberá ser utilizada para la liquidación de servicios,
estadísticas y toda otra aplicación que requiera el uso de las
relaciones en cuestión.
ARTÍCULO 3° — Regístrese y, por la SECRETARÍA GENERAL, notifíquese a
todas las Dependencias, a las TERMINALES PORTUARIAS, al CENTRO DE
NAVEGACIÓN y a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, publíquese por el término
de un día en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Gonzalo O.
Mortola.
Anexo I
Se adjunta la tabla de aplicación
“Sitios de Atraque Puerto Buenos Aires”
Sitios de Atraque Puerto Buenos Aires
Anexo II
Se adjunta la tabla de aplicación
“Sitios de Atraque y Códigos de Sección”
Relaciones Sitios de Atraque y Secciones Puerto Buenos Aires
e. 13/02/2017 N° 7603/17 v.
13/02/2017