MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 116/2017
Desígnase Director Nacional de Producción Minera, Ambiente y Desarrollo Comunitario.
Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2017
VISTO el Expediente N° S01:0335122/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley Nº 27.341 del Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros.
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, 231 de
fecha 22 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la
Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que mediante el Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016 se
estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en
el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, será efectuada por el Señor Jefe de Gabinete de
Ministros a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que a través del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICA MINERA dependiente de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA, se considera imprescindible la cobertura
transitoria de UN (1) cargo con Función Ejecutiva, a fin de optimizar
el funcionamiento de la organización y el efectivo cumplimiento de las
competencias asignadas a la citada Subsecretaría.
Que por el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27
de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el Artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27
de julio de 2016 se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron
del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificaciones.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.341 del Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, a fin de
atender el gasto resultante de la designación alcanzada por la presente
medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
Artículo 1° del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 27 de julio de
2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la
Licenciada en Ciencias Geológicas Da. María Carolina DEL VALLE (M.I. Nº
20.606.907) en el cargo de Director Nacional de Producción Minera,
Ambiente y Desarrollo Comunitario (Nivel A, Grado 0, F.E. Nivel I) del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA de la SECRETARÍA DE MINERÍA del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago
del Suplemento de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado en la presente medida deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y
VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por
el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios, en el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
respectiva designación.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.