Resolución 28-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-01523004-APN-DCC#MEM, y
CONSIDERANDO:
Que la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA de la SECRETARÍA DE
PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO de este Ministerio requiere la
adquisición de motocompresores para el proyecto: “Ampliación del
Sistema de Transporte y Distribución de Gas Natural”.
Que el proyecto mencionado está constituido por las siguientes obras:
OBRA N° 1 Gasoducto Regional Centro II - Esperanza/Rafaela/Sunchales
(distribuidora Litoral Gas S.A.); OBRA N° 2 Sistema
Cordillerano/Patagónico (distribuidora Camuzzi Gas del Sur S.A. - CGS);
OBRA N° 3 Gasoducto Cordillerano (Transportadora de Gas del Sur S.A -
TGS) y OBRA N° 4 Gasoducto de la Costa (distribuidora Camuzzi Gas
Pampeana S.A. - CGP).
Que los referidos motocompresores serán destinados al Gasoducto
Cordillerano-Patagónico y al Gasoducto de La Costa y Tandil-Mar del
Plata.
Que la Ampliación del Sistema de Transporte y Distribución de Gas
Natural tiene por objeto cubrir necesidades de suministro y demanda
insatisfecha, a fin de mejorar la calidad de vida de los individuos que
resulten afectados.
Que la citada Subsecretaría de este Ministerio acompaña la
documentación licitatoria necesaria para efectuar la convocatoria a
Licitación Pública Nacional conforme a lo establecido en la Ley de
Obras Públicas N° 13.064.
Que el Presupuesto Oficial para la presente Licitación Pública Nacional
asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA MILLONES ($160.000.000),
Impuesto al Valor Agregado incluido.
Que mediante el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016 se
delegaron en este Ministerio, de acuerdo con lo previsto en el Artículo
2° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificaciones, las
facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la
contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que
revistan el carácter de obra pública y para la adquisición de
materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en
el ámbito de su competencia.
Que por el Artículo 2° del mencionado decreto se autorizó a este
Ministerio a delegar las facultades de que se trata, a los Secretarios
y Subsecretarios de su jurisdicción competentes en la materia.
Que resulta conveniente delegar las facultades relativas al desarrollo
de los procedimientos de selección del contratista en la citada
Subsecretaría.
Que la Comisión de Evaluación, Coordinación y Seguimiento de los
Procesos de Redeterminación de Precios creada por la Resolución N° 159
de fecha 24 de agosto de 2016 (RESOL-2016-159-E-APN#MEM) de este
Ministerio, ha tomado intervención y se ha expedido conforme con lo
establecido en el Artículo 2°, apartado 6 de dicha resolución.
Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de este Ministerio informa que existe crédito suficiente
para afrontar el gasto que demanda la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 305/2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Convócase a Licitación Pública Nacional, en el marco de
la Ley de Obras Públicas N° 13.064, para la adquisición de
motocompresores para el proyecto: “Ampliación del Sistema de Transporte
y Distribución de Gas Natural”, constituido por las obras mencionadas
en el segundo considerando de la presente resolución.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse el Pliego de Condiciones Generales
(PLIEG-2017-01484136- APNDCC#MEM), el Pliego de Condiciones Especiales
(PLIEG-2017-01714986-APN-DCC#MEM) y el Pliego de Especificaciones
Técnicas (IF-2017-01736151-APN-DNPIEE#MEM), para la licitación pública
convocada por el Artículo 1° de la presente, que como Anexos forman
parte integrante de esta resolución.
ARTÍCULO 3° — Apruébase el Presupuesto Oficial para la presente
licitación pública, en la suma de PESOS CIENTO SESENTA MILLONES
($160.000.000), Impuesto al Valor Agregado incluido.
ARTÍCULO 4° — Deléganse en la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
ENERGÉTICA de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO de
este Ministerio, las facultades de designar a los miembros de la
Comisión Evaluadora y emitir circulares con y sin consulta durante el
procedimiento de selección convocado por la presente medida.
ARTÍCULO 5° — Encomiéndase a la Dirección de Compras y Contrataciones
de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio, la
tarea de llevar a cabo el procedimiento correspondiente a la presente
convocatoria, determinar fecha y hora de presentación y apertura de las
propuestas y, en general, efectuar todos los trámites atinentes al
proceso licitatorio.
ARTÍCULO 6° — El gasto se imputará al ejercicio financiero
correspondiente, en la siguiente partida presupuestaria, en la parte
proporcional que corresponda y de la siguiente forma: Programa 73,
inciso 4, Partida Principal 3, Partida Parcial 9, de la Fuente de
Financiamiento 15, Jurisdicción 58, del Servicio Administrativo
Financiero (SAF) 328, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y según surja de
la adjudicación definitiva.
ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan José Aranguren.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 16/02/2017 N° 9108/17 v. 16/02/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos-ParteI, Anexos-Parte2, Anexos-Parte3).