INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 340/2017

Buenos Aires, 15/02/2017

VISTO el Expediente N° 12.256/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225 del 31 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto 1248/2001) se halla la facultad del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.

Que el Decreto N° 1225/2010 estableció la obligación del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la producción de contenidos para televisión estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia de este Organismo.

Que dentro del marco normativo que lo regula, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES fijó como política de fomento la promoción de películas en capítulos destinadas a su televisación en los términos del artículo 73, inciso a), primera parte de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) denominadas SERIES, priorizando el incremento del empleo argentino y la llegada a mayores audiencias.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES firmó un acuerdo marco junto al ENTE PATAGONICO DE CULTURA y la RED DE TELEVISORAS PATAGÓNICAS con fecha 27 de diciembre de 2016, para el desarrollo de proyectos de promoción de contenidos audiovisuales, con el objeto de que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES organice entre otras convocatorias un concurso de desarrollo y promoción de alcance regional.

Que a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un concurso el cual recibirá la denominación de “CONCURSO PATAGÓNICO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES WEB DE FICCIÓN 2017”.

Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.

Que por el presente acto resolutivo el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES llama a concurso a realizadores y productores de ficción a presentar propuestas escritas y audiovisuales para el desarrollo de películas de ficción inéditas en episodios destinadas a su exhibición audiovisual en formato web.

Que con la finalidad de que esta realización aporte al acervo de identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno establecer para la realización del proyecto que resulte ganador un presupuesto de referencia de hasta PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-), otorgando el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, EL OCHENTA POR CIENTO (80%), es decir la suma tope de pesos CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-), para cada proyecto ganador, y aportando el ENTE PATAGÓNICO DE CULTURA el importe equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) restante del presupuesto de referencia, es decir la suma de TREINTA MIL PESOS ($ 30.000.-) a ser aportado en servicios necesarios para el desarrollo del proyecto.

Que se otorgará un total de DOCE (12) premios, para toda la región patagónica, y que se repartirán a razón de DOS (2) premios por provincia, siendo las siguientes SEIS (6) provincias las integrantes de la región patagónica: La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que el presentante del proyecto que resulte ganador del concurso deberá firmar un contrato de instrumentación de premio con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES obligándose al cumplimiento de todos los requerimientos que se explicitan en las bases y condiciones del concurso.

Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han tomado la intervención que les compete.

Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/10 y el Decreto N° 302/16.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Llámese a Productores y Directores, con o sin antecedentes, residentes en la región patagónica compuesta por las provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a participar del “CONCURSO PATAGÓNICO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES WEB DE FICCIÓN 2017” en el período comprendido entre el día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial y el 14 de abril de 2017, el que consta del desarrollo de una película de ficción en episodios destinada a su exhibición audiovisual en formato web, recibiendo cada ganador hasta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del presupuesto de referencia estimado en PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-), de los que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aportará PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) como máximo para cada uno de los doce (12) proyectos ganadores en los términos establecidos en las bases y condiciones del concurso; y que el ENTE PATAGÓNICO DE CULTURA aportará el equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) restante del presupuesto de referencia, es decir la suma de TREINTA MIL PESOS ($ 30.000.-) a ser aportado en servicios necesarios para el desarrollo del proyecto, el cual deberá realizarse en un plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos, a partir de la acreditación total de la primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR PRESENTANTE.

ARTÍCULO 2° — Apruébense las bases y condiciones del “CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS PATAGÓNICOS DE SERIES WEB DE FICCIÓN 2017” que como Anexos I, II, III, IV y V forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas bases y condiciones serán publicadas junto al formulario electrónico de inscripción en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar/

ARTÍCULO 3° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las bases y condiciones del mismo.

ARTÍCULO 4° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del INCAA.

e. 17/02/2017 N° 9439/17 v. 17/02/2017