INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 341/2017
Buenos Aires, 15/02/2017
VISTO el Expediente N° 12.255/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N°
1248/2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225
del 31 de agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo
encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en
todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se
refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de
la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. Decreto 1248/2001) se halla la facultad del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.
Que el Decreto N° 1225/2010 estableció la obligación del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la
producción de contenidos para televisión estableciéndose sus
modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia
de este Organismo.
Que dentro del marco normativo que lo regula, el INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES fijó como política de fomento la promoción
de películas en capítulos destinadas a su televisación en los términos
del artículo 73, inciso a), primera parte de la Ley N° 17.741 (t.o.
2001) denominadas SERIES, priorizando el incremento del empleo
argentino y la llegada a mayores audiencias.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES firmó un
acuerdo marco junto al ENTE PATAGÓNICO DE CULTURA y la RED DE
TELEVISORAS PATAGÓNICAS con fecha 27 de diciembre de 2016, para el
desarrollo de proyectos de promoción de contenidos audiovisuales, con
el objeto de que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
organice entre otras convocatorias un concurso de desarrollo y
promoción de alcance regional.
Que a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un
concurso el cual recibirá la denominación de “CONCURSO PATAGÓNICO DE
PRODUCCIÓN DE SERIES DE DOCUFICCIÓN 2017”.
Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el
procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite
concursal.
Que por el presente acto resolutivo el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES llama a concurso para la realización de una
película inédita de docuficción en CUATRO (4) episodios de VEINTISEIS
(26) minutos de duración cada uno, destinada a su exhibición
audiovisual.
Que con la finalidad de que esta realización aporte al acervo de
identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno
establecer para la realización del proyecto que resulte ganador un
presupuesto de referencia de hasta UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000.-),
otorgando el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, hasta el
SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%), es decir la suma tope de PESOS
SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 750.000.-), para cada proyecto ganador, y
aportando el ENTE PATAGÓNICO DE CULTURA el equivalente al VEINTICINCO
POR CIENTO (25%) restante del presupuesto de referencia, es decir la
suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000.-) a ser aportado en
servicios necesarios para el desarrollo del proyecto.
Que se otorgará un total de SEIS (6) premios para toda la región
patagónica, y que se repartirán a razón de UNO (1) premio por
provincia, siendo las siguientes SEIS (6) provincias las integrantes de
la región patagónica: La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz
y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que el presentante del proyecto que resulte ganador del concurso deberá
firmar un contrato de instrumentación de premio con el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES obligándose al cumplimiento de
todos los requerimientos que se explicitan en las bases y condiciones
del concurso.
Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos
Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han
tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las
facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y
sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/10 y el
Decreto N° 302/16.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Llámese a Productores y Directores, residentes en la
región patagónica compuesta por las provincias de La Pampa, Neuquén,
Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur a participar del “CONCURSO PATAGONICO DE PRODUCCIÓN DE
SERIES DE DOCUFICCIÓN 2017” en el período comprendido entre el día de
la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial y el 14 de
abril de 2017, el que consta del desarrollo de una película inédita de
docuficción en episodios destinada a su exhibición audiovisual,
recibiendo cada ganador hasta el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del
presupuesto de referencia estimado en PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-),
de los que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aportará
PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 750.000.-) como máximo para cada uno
de los seis (6) proyectos ganadores en los términos establecidos en las
bases y condiciones del concurso; y que el ENTE PATAGONICO DE CULTURA
aportará el equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) restante del
presupuesto de referencia, es decir la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL
($250.000.) a ser aportado en servicios necesarios para el desarrollo
del proyecto, el cual deberá realizarse en un plazo máximo de CIENTO
VEINTE (120) días corridos, a partir de la acreditación total de la
primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR PRESENTANTE.
ARTÍCULO 2° — Apruébense las bases y condiciones del “CONCURSO REGIONAL
DE SERIES DE DOCUFICCION PATAGÓNICA 2017” que como Anexos I, II, III,
IV y V forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas bases
y condiciones serán publicadas junto al formulario electrónico de
inscripción en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar/
ARTÍCULO 3° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de lo establecido en las bases y condiciones
del mismo.
ARTÍCULO 4° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del INCAA.
e. 17/02/2017 N° 9538/17 v. 17/02/2017