BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

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Comunicación “A” 6147/2016 Ref.: Circular LISOL 1 – 713 Capitales mínimos de las entidades financieras. Exigencia de capital por riesgo de crédito de contraparte en operaciones con entidades de contraparte central. Adecuaciones.