MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 146/2017
Desígnase Director Nacional de Políticas Nucleares.
Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2017
VISTO el Expediente N° S01:0335116/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros.
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 231 de
fecha 22 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la
Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que el artículo 7º de la citada Ley estableció que no se podrán cubrir
los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la
misma, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa
autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016 se
estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en
el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que a través del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 761 de fecha 27
de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado
Ministerio.
Que por el Artículo 5º de la citada Decisión Administrativa se
incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron del Nomenclador de
Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes al MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, entre ellos, la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS
NUCLEARES.
Que deviene necesario por razones de servicio, en el ámbito del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, cubrir transitoriamente UN (1) cargo
vacante correspondiente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS NUCLEARES
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.341 del Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, a fin de
atender el gasto resultante de la designación transitoria alcanzada por
la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el
Artículo 7º de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y por el Artículo 1° del
Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del dictado de la
presente medida, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
al Licenciado en Relaciones Internacionales Facundo Abel DELUCHI (M.I.
N° 30.289.158) en el cargo de Director Nacional de Políticas Nucleares
(Nivel A, Grado 0, F.E. Nivel I del SI.N.E.P.) de la SUBSECRETARÍA DE
ENERGÍA NUCLEAR de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento
por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley
N° 27.341 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos previstos en el Artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado en la presente medida deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y
VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha del dictado de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.