Resolución 387/2017
Buenos Aires, 22/02/2017
VISTO el Expediente N° 1931/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N°
1248/2001) y sus modificatorias, el decreto N° 1346 del 30 de diciembre
de 2016 y sus modificatorias, las Resoluciones INCAA N° 1 del 9 de
enero de 2017 y N° 83 del 24 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas de fomento previstas en el Artículo 3° Inciso
a) de la Ley de Cine se encuentra la de ejecutar las medidas de fomento
tendientes a desarrollar la cinematografía argentina.
Que en ese marco, se dictó la Resolución INCAA N° 1/2017, por medio de
la cual se aprueba el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO (RGF) que contiene
normativa aplicable a la asignación, liquidación y pago de los
subsidios a la producción cinematográfica, bajo el régimen del SUBSIDIO
DE RECUPERACION INDUSTRIAL y SUBSIDIO A OTRAS FORMAS DE EXHIBICIÓN a
películas nacionales de largometraje, como así también la
reglamentación de los mecanismos de fomento respecto de películas de
cortometrajes, desarrollo de proyectos y desarrollo de guiones.
Que, más allá de los mecanismos de subsidios hasta ahora señalados,
resulta indubitable que un sistema de fomento a la cinematografía
nacional debe considerar la génesis misma de los proyectos atendiendo
al estímulo de la realización de guiones de calidad artística y
proyectos concebidos con profesionalidad y sustentabilidad.
Que en este marco, el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO, con recursos ajenos a
la reserva que manda el artículo 29 de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, establece programas de asistencia para desarrollos
con impacto directo en la calidad de las producciones como ser el apoyo
para el desarrollo de proyectos de producción.
Que la Resolución INCAA N° 1/2017 que aprueba el régimen general de
Fomento, en su título III Sección 3.2. Artículos 61 y subsiguientes,
establece las condiciones mínimas para participar en el presente
concurso, el procedimiento de selección, el proceso de desarrollo del
proyecto, plazos para su realización, el monto a otorgarse, las formas
de liberación de dichos montos y la compensación con el subsidio que
eventualmente pudiera corresponderle al proyecto en caso de realizarse
la película.
Que el Artículo 63 Punto 2 del Anexo I de la Resolución INCAA N°
1/2017, establece que la aplicación a la presente convocatoria supondrá
el conocimiento por parte del PRODUCTOR PRESENTANTE de los términos de
la mencionada resolución, como la aceptación de las condiciones
particulares que se comunicarán en oportunidad de cada convocatoria.
Que en ese sentido, y a los fines de complementar las cuestiones de
carácter genérico establecidos en la parte pertinente de la Resolución
INCAA N° 1/2017, resulta necesario fijar las condiciones particulares,
las cuales se establecen en el Anexo I de la presente Resolución.
Que la Resolución INCAA N° 83/2017 estableció el calendario de
convocatorias 2017 y entre ellas las convocatorias para desarrollo de
proyectos.
Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos
que resulten ganadores del Concurso, la de suscribir un convenio con el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, obligándose a cumplir
con todos los requerimientos que se explicitan en las bases de las
mismas establecidas en la Resolución INCAA N° 1/2017 y en la presente
Resolución.
Que a efectos de una mejor eficiencia administrativa, se considera
oportuna la entrega de la presentación del proyecto en formato online
en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención al respecto.
Que la Gerencia de Fomento ha emitido opinión en el marco de sus
competencias, opinión técnica, antecedentes y justificación de la
realización del llamado al concurso de desarrollo de proyectos.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de las facultades
conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001), y sus
modificatorias, el Decreto N° 1536/2002, el Decreto N° 1346/2016 y la
Resolución INCAA N° 1/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébense las condiciones particulares de los dos
llamados al PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROYECTOS del año 2017 a
realizarse desde el 1° de marzo al 30 de abril de 2017 y del 1° de
agosto al 30 de septiembre de 2017 respectivamente, establecidos en los
términos de la Resolución INCAA N° 1/2017 y N° 83/2017, los cuales
obran como Anexo I y forma parte integrante de la presente Resolución,
que será publicada en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES (www.incaa.gob.ar).
ARTÍCULO 2° — Apruébese el modelo de presupuesto que obra como Anexo
II, que será publicado en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES (www.incaa.gob.ar). El mismo contiene los costos
elegibles del programa de desarrollo de proyecto de la Resolución INCAA
N° 1/2017 en los porcentajes máximos establecidos en el ARTÍCULO 3° del
Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° — La presente Resolución entrará en vigencia en el día de su publicación.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Cacetta.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del INCAA.
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 01/03/2017 N° 11426/17 v. 01/03/2017