Subtesorería General de la Nación

DEUDA PÚBLICA

Disposición 6-E/2017

Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses. Amplíase emisión.

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-02766041-APN-MF del registro del MINISTERIO DE FINANZAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones y la Disposición N° 3-E/2017 de fecha 13 de febrero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, a emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.

Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión y colocación de las Letras del Tesoro.

Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio la SECRETARÍA DE FINANZAS dependiente del MINISTERIO DE FINANZAS anunció un cronograma de licitaciones de Letras del Tesoro a corto plazo y resulta necesario propiciar la presente medida.

Que una de las emisiones propuestas incluye la ampliación de las Letras del Tesoro con vencimiento 26 de mayo de 2017, originalmente emitidas por el Artículo 1° de la Disposición N° 3-E/2017 de fecha 13 de febrero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que las emisiones que se disponen están contenidas dentro del límite que al respecto establece el Artículo 36 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión y colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que devenguen, deberán ser imputados a los créditos previstos en la Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA.

Que ha tomado intervención el Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.

Que el Servicio Jurídico competente ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 82 de la Ley N° 24.156 y el Artículo 75 del Anexo al Decreto N° 1.344/07.

Por ello,

EL SUBTESORERO GENERAL DE LA NACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Amplíase, con fecha 6 de marzo de 2017, la emisión de las Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses con vencimiento 26 de mayo de 2017, originalmente emitidas por el Artículo 1° de la Disposición N° 3-E/2017 de fecha 13 de febrero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL QUINIENTOS MILLONES (U$S VN 500.000.000). Las Letras del Tesoro tendrán las mismas condiciones financieras previstas en el Artículo 3° de la Disposición N° 3-E/2017 de fecha 13 de febrero de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con las siguientes características de colocación:

MONEDA DE SUSCRIPCIÓN: Para el caso que la moneda de suscripción sea Pesos se utilizará el tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 BCRA correspondiente al día 1 de marzo de 2017.

PRECIO DE SUSCRIPCIÓN C/VN U$S 1.000: DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 93/100 (U$S 993,93).

ARTÍCULO 2° — Dispónese la emisión de Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses con vencimiento 15 de septiembre de 2017, por un importe de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL QUINIENTOS MILLONES (U$S VN 500.000.000), las que tendrán las siguientes condiciones financieras:

FECHA DE EMISIÓN: 6 de marzo de 2017.

PLAZO: CIENTO NOVENTA Y TRES (193) días.

MONEDA DE EMISIÓN Y PAGO: Dólares Estadounidenses.

MONEDA DE SUSCRIPCIÓN: La suscripción podrá realizarse en Dólares Estadounidenses o Pesos al tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 BCRA correspondiente al día 1 de marzo de 2017.

INTERÉS: Cupón cero (a descuento).

AMORTIZACIÓN: Íntegramente a su vencimiento.

DENOMINACIÓN MÍNIMA: Será de VALOR NOMINAL ORIGINAL DÓLARES ESTADOUNIDENSES UNO (V.N.O. U$S 1).

FORMA DE COLOCACIÓN: La citada Letra del Tesoro se colocará por licitación pública.

MODALIDAD: Licitación pública por adhesión.

PRECIO DE SUSCRIPCIÓN C/VN U$S 1.000: DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 59/100 (U$S 982,59)

NEGOCIACIÓN: Serán negociables en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en Bolsas y Mercados de Valores del país.

COMISIONES: No se pagarán comisiones.

EXENCIONES IMPOSITIVAS: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones en la materia.

LEY APLICABLE: Ley de la República Argentina.

TITULARIDAD: Se emitirá un certificado global a nombre de la CENTRAL DE REGISTRO Y LIQUIDACIÓN DE PASIVOS PÚBLICOS Y FIDEICOMISOS FINANCIEROS del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ATENCIÓN DE SERVICIOS FINANCIEROS: El pago se cursará a través del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA mediante la transferencia de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de registro en dicha institución.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio Héctor Muscia.